Fernández Díaz explique sus maniobras contra los partidos soberanistas catalanes
La comparecencia de Fernández Díaz había sido solicitada por los grupos parlamentarios de Podemos, por una parte, y de ERC y de DiLl, por otra. En esta última solicitud también se planteaba la comparecencia del presidente del Gobierno en funciones, Mariano Rajoy, para que explicase por qué no ha destituido a Fernández Díaz como consecuencia del grave escándalo político que supone el contenido de las grabaciones realizadas en el propio despacho oficial del ministro.
La petición del grupo parlamentario de Podemos se justificaba por el hecho de que en las conversaciones “se le escucha conversando con el Director de la Oficina Antifrau de Catalunya respecto de la posible incriminación de cargos electos y otras personas vinculadas a la política en Catalunya y donde se menciona la intervención de la Policía y de la Fiscalía General del Estado para llevar a cabo prácticas que podrían ser susceptibles de imputación de graves delitos”
Ea petición de los grupos catalanes de ERC y DiLl se exigía que el ministro en funciones Fernández Daz se explicase “sobre la perversa utilización política del Ministerio para perseguir a líderes -y a los familiares- de opciones políticas opuestas, así como del Presidente del Gobierno en funciones, para da explicaciones de por qué no se ha destituido de manera inmediata al Ministro del Interior después de hacerse pública la utilización de su cargo para perseguir adversarios políticos y aclarar si tenía conocimiento del caso”.
Fuentes parlamentarias han explicado a Público que el rechazo está fundamentado en razones “estrictamente formales”, siguiendo el criterio marcado por la jurisprudencia existente del Tribunal Constitucional que atribuye a la Diputación Permanente funciones “de mera administración de la institución durante el periodo en que la cámara se encuentra disuelta”
Las conversaciones del ministro en funciones Fernández Díaz con el director de la Oficina Antifrau de Catalunya, Daniel de Alfonso, que sigue difundiendo Público desde la pasada campaña electoral han desatado un verdadero escándalo político que está teniendo un gran impacto social y una amplia repercusión en medios nacionales e internacionales.
En ellas se pone de manifiesto la estrategia urdida entre ambos para atacar el proceso soberanista catalán y, sobre todo, a actores políticos implicados en esta iniciativa, así como a sus familiares. El director de la Oficina Antifrau de Catalunya tuvo que comparecer la semana pasada ante el Parlament catalán –institución que le nombró- para ofrecer su versión de los hechos.
Hasta el momento, el ministro en funciones Fernández Díaz se ha limitado a decir que es una víctima de una conspiración y ha instado a que se persiga a quienes han difundido las grabaciones; la pasada semana agentes de la policía judicial se personaron en la Redacción de Público para recabar los documentos sonoros de las conversaciones. Al no disponer de un mandamiento judicial la dirección de Público se negó a entregarlas.
La denuncia de SQP tiene como origen la publicación, por el diario Público, de unas conversaciones entre el ministro y De Alfonso, en las que ambos abordan cómo buscar incriminaciones de políticos que defienden la independencia de Catalunya.
En el escrito elevado a la Fiscalía, el grupo parlamentario de SQP requiere también a este órgano judicial que aclare si De Alfonso ha cometido un presunto delito de revelación de secretos.
Por todo ello, este grupo parlamentario ve "necesaria" la "correspondiente investigación para el esclarecimiento de los hechos" y, en caso oportuno, la apertura de las "pertinentes acciones judiciales"
En el caso de De Alfonso, SQEP pide a la Fiscalía que se pronuncie sobre si ha habido un delito de prevaricación administrativa, previsto y penado en el artículo 404 del Código Penal, y otro de revelación de secretos, recogido en el artículo 417 del Código Penal.
En cuanto al ministro del Interior en funciones, solicita si ha habido un presunto delito de prevaricación como "inductor o cooperador necesario", previsto en el Código Penal, o como "simple cómplice", de acuerdo con la jurisprudencia.
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