En el documento, Francisco recuerda que el "cuidado y protección" que debe brindar la Iglesia como "madre amorosa" hacia sus fieles "debe ejercitarse especialmente a través de sus pastores" y señala que el Derecho Canónico "ya prevé la posibilidad de la cesión del oficio eclesiástico por causas graves".
"Entre esas causas graves se incluye la negligencia de los obispos en el ejercicio de su oficio, en particular en lo referente a los casos de abusos sexuales a menores y a adultos vulnerables, tal como previeron San Juan Pablo II y mi querido predecesor Benedicto XVI", subraya Francisco.
Por ello, decreta que, en primer lugar, los obispos y los responsables de eparquías u otras comunidades de fieles "podrán ser legítimamente expulsados de su encargo" si de forma negligente han cometido u omitido actos que dañen gravemente a otros (tanto personas como comunidades), "incluso cuando no exista grave culpa moral" en dichos actos, y subraya que, en el caso de abusos sexuales a menores o personas vulnerables, "bastará con una falta grave de diligencia" en el deber de proteger a las víctimas para aplicar dicha pena.
SE PODRÁN INVESTIGAR LOS CASOS DE "SERIOS INDICIOS"
Francisco establece también que en todos aquellos casos en los que haya "serios indicios" de acción u omisión en este sentido, la Congregación de la Curia Romana podrá iniciar una investigación, eso sí, dando aviso al interesado y brindándole "la oportunidad de aportar documentos y testimonios" y garantizando que el obispo "tiene posibilidad de defenderse" conforme a los medios previstos por el derecho.
El documento publicado este sábado contempla que, en aquellos casos en que la congregación "estime oportuna" la cesión del obispo de su oficio tendrá la opción o bien de dictar "a la mayor brevedad" el decreto con dicha medida, o bien de "exhortarle fraternalmente a presentar su renuncia en un plazo máximo de 15 días", pasado el cual se emitirá el decreto.
"Como una madre amorosa, la Iglesia ama a todos sus hijos, les cuida y les protege con un afecto muy particular hacia aquellos más pequeños e indefensos: se trata de un mandamiento que Cristo encarga a toda la comunidad cristiana", recuerda el Papa en el Motu Proprio.
• Pedofilia es la atracción erótica o sexual que una persona adulta siente hacia niños o adolescentes.
• Pederastia es el abuso sexual cometido con un niño.
Un componente importante de la problemática de la pedofilia lo constituye el incesto. Las relaciones sexuales entre padres y sus menores hijos constituyen un tabú y un dato recurrente en la historia de la humanidad, y sobrevive porque el incesto se da en un contexto de secreto y apela al silencio de la familia y a la vigencia de la idea de autoridad para imponer el delito. Esto ya era algo conocido por Freud.
-El abusador ha amenazado al niño o niña o a la madre.
- La familia no le ha brindado el espacio y confianza para desahogar el evento.
-Porque no le cree al menor o le culpabiliza del ataque sufrido.
- El menor tiene miedo de no ser creído porque el abusador es un adulto familiar respetable y creíble.
- Porque no tiene lesiones físicas.
-El menor se culpa a sí mismo.
-Tiene vergüenza por lo que ocurrió.
a) los impulsivos, que constituyen los abusadores ocasionales de niños, y
b) los pedofílicos propiamente dichos, que claramente sienten permanentes impulsos sexuales hacia los niños, y para satisfacer dicho impulso son capaces de organizar sus “cacerías”, escogiendo con cuidado a sus víctimas, las que por su inexperiencia e inocencia son fáciles presas.
b) depresión, ansiedad y trastornos neurovegetativos.
c) tendencia hacia el suicidio y conducta autodestructiva.
d) agresividad sexual.
e) fracaso escolar.
f) dificultad para establecer vínculos personales y mantenerlos.
g) participación sexual pasiva, de modo automatizado y ausente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario