Valentín Tomé
Hasta 1975, las mujeres casadas en España necesitaban el permiso por escrito de sus maridos para:
· Comprar, vender o hipotecar bienes inmuebles (casas, terrenos).
· Constituir una sociedad mercantil o ser socia de una.
· Solicitar un préstamo o abrir una cuenta bancaria a su nombre.
· Aceptar una herencia con cargas (obligaciones).
· Realizar donaciones.
· Firmar un contrato de trabajo. El marido podía revocar este permiso en cualquier momento, lo que en la práctica significaba que podía obligarla a dejar su empleo.
· Ejercer el comercio o una profesión de forma independiente.
· Obtener el pasaporte y viajar al extranjero. Muchas mujeres necesitaban una autorización firmada ante notario para poder salir de España.
· Testar (hacer testamento) después de casada.
· En la práctica, incluso para gestiones cotidianas como matricularse en la universidad o sacar el carnet de conducir, la presión social y la interpretación de la ley hacían que muchas instituciones exigieran este permiso.
Aquí un ejemplo de licencia marital de 1973.
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