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lunes, 13 de abril de 2026

 


Carlespie Mary Alice McKinney es un autor estadounidense, orador y exmiembro de un culto religioso, conocido principalmente por su obra y conferencias sobre el impacto negativo de la religión dogmática. Aunque su nombre incluye "Mary Alice", que son nombres tradicionalmente femeninos, él mismo ha aclarado en diversas plataformas su identidad como hombre, esposo y padre de cuatro hijos. Cambió legalmente su nombre (originalmente Carlespie McKini) para honrar la memoria de su madre, incorporando sus nombres ("Mary Alice") a su propia identidad como un acto de redención y conexión personal. Es conocido como el "Profesor McKinney" en el Oakland Community College, donde enseña contabilidad y negocios.

McKinney escribió el libro titulado Why They Think I'm Crazy: Except When They Really Think About It (Por qué creen que estoy loco: excepto cuando realmente lo piensan), donde explora temas de salud mental, espiritualidad y su desilusión con las estructuras religiosas.

Se ha presentado en eventos de la Atheist Alliance of America, donde se hizo viral por su frase: "La religión hace tres cosas de manera bastante efectiva: divide a la gente, controla a la gente y engaña a la gente".

McKinney se describe a sí mismo como un "escapista de un culto" y sobreviviente de tragedias personales, utilizando su plataforma para contar historias sobre la "familia" y la superación a través de colectivos como The Secret Society Of Twisted Storytellers.

Actualmente trabaja como profesor de contabilidad y negocios en el Oakland Community College en Michigan. También participa frecuentemente en eventos de narración oral y conferencias sobre religión y ateísmo. Se identifica como ateo, y es conferencista destacado en la Atheist Alliance of America, donde comparte su experiencia como superviviente de un culto religioso y critica el impacto de las religiones dogmáticas en la sociedad.

Es un hombre de origen afroamericano, que suele vestir de forma profesional (como profesor universitario) o casual durante sus presentaciones de storytelling

padre de cuatro hijos adultos y una hijastra.

Su cita original es:

Religion does three things quite effectively: Divides people, Controls people, Deludes people.” [1]

[Godless Freeman]

[1] https://www.goodreads.com/.../460255-religion-does-three...

[2] https://www.youtube.com/watch?v=QJBIekoZl0M

 Angel Vidal


 M;aribel Romera Díaz


 Consolación Castilla Wic


 


 Alfonso Cabañas Rodriguez


 Joan Ignasi Masutier


 Domingo Ruiz Gonzalez


 


 Joan Ignasi Masutier


 







 


 Joselu Chibus


 


 Gabriel A Furlgencio F


 Joan Ignasi Masutier


 Francesc Duart


 Andrea Gesuelli


 


 


Abascal salió del Partido Popular

 


 

Todas las acusaciones de Vito Quiles que le han llevado a estar procesado: pederastia, proxenetismo e incluso amenazas de muerte

Una jueza ha procesado al agitador ultra por injurias y calumnias contra Rubén Sánchez tras una querella de FACUA

C.T.

13-4-26

ElPlural



La magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla ha dictado auto de transformación en procedimiento abreviado contra Vito Quiles al apreciar indicios de la comisión de delitos de injurias y calumnias en una causa iniciada a raíz de la querella presentada en octubre de 2022 por el secretario general de FACUA, Rubén Sánchez. A través de su canal de YouTube, el activista ha recordado todas las acusaciones del agitador ultra que le han llevado al procesamiento judicial.

En la resolución judicial, la jueza considera que "el conjunto de mensajes y vídeos" objeto de la investigación "es intolerable al deber ético y profesional del periodismo, desamparado por el derecho a la libertad de expresión, revistiendo indiciariamente los hechos caracteres de injurias y calumnias delictivas". Tal y como recuerda Sánchez, Quiles le acusó de "pederastia, proxenetismo, extorsión, estafa, acoso y amenazas de muertes a lo largo de decenas de publicaciones que lanzó entre el 14 de febrero y 22 septiembre de 2022".

Durante la instrucción, la magistrada ha analizado 16 tuits, 25 mensajes de Telegram y un programa que protagonizó junto a Bertrand Ndongo en el canal de YouTube de EDA TV", motivo por el que "el pseudomedio ha sido declarado responsable civil subsidiario".

Por otro lado, Sánchez señala que la larga lista de insultos, como "criminal", "mafia", "basura" o "estafador", que Quiles le ha dedicado en todo este tiempo "han motivado que emprenda una segunda causa judicial contra él, pero lo más grave es la lista de corruptelas y delitos que me atribuyó".

!Desde usar FACUA para publicar noticias falsas con las que alterar el resultado de procedimientos judiciales y recibir dinero en secreto de una constructora sevillana hasta poseer yates a nombre de otras personas, pero Quiles fue más allá en sus invenciones sobre mí y llegó a afirmar que lidero siete grupos de extorsión y acoso, que me dedico a enviar sicarios a puertas de domicilios, amenazando de muerte a sus propietarios, que soy un pederasta que busca a sus víctimas en colegios y que tengo vínculos con dos tramas de abusos y prostitución de menores", prosigue el querellado.

Rubén Sánchez muestra algunos de los ataques sufridos por parte de Quiles después de anunciar que iba a emprender acciones legales contra él. "El mismo día que se celebró el preceptivo acto de conciliación previo publiqué un tuit donde señalé que llevaba tiempo acusándome de delitos y su respuesta fue: 'Suerte. ¿Soto del Real o Alcalá Meco?'. Cuando anuncié las acciones penales, dijo: 'Haré todo lo posible para que acabes en la cárcel".

En el auto de transformación en procedimiento abreviado, la jueza apunta ahora a que existen "claros indicios de que su afán fue vejar, ofender y vilipendiar al querellante ante la opinión pública en venganza por las responsabilidades que le atribuye al querellante, como representante de FACUA, del cierre de sus cuentas de Twitter". 

Sánchez celebra el contenido de este "auto demoledor" tras casi cuatro años de espera, ya que la instrucción se ha dilatado "especialmente ante la enorme dificultad que el juzgado tuvo para localizar a Quiles": "Expone al detalle las gravísimas invenciones que Quiles publicó sobre mí y que fue incapaz de demostar la veracidad de ni una sola de sus informaciones durante su declaración ante la jueza el 25 febrero del año pasado".

El de FACUA explica que Quiles aseguraba que su "animadversión" tenía su orígen en que "el 15 de febrero de 2022 logré que cerraran su cuenta de Twitter, pero en realidad la motivación de los ataques es fundamentalmente ideológica": "Basta con ver cómo en su larga lista de bulos me acusa de cometer fechorías contra gente que simplemente disienta de la ideología podemita que me atribuye y de que tengo un ejército de sicarios comunistas y de ultraizquierda".

Ahora, la jueza ha planteado que el "ánimo de venganza y represalias le llevó a utilizar en sus mensajes expresiones altamente ofensivas sin ninguna justificación legítima no amparadas por la libertad de expresion" y que Quiles mostró un "ánimo ofensor que lleva a extremos intolerables al hacer afirmaciones gratuitas que buscaban solo hacer creer a terceros que realizo actividades nocturnas, al menos inmorales, y que de forma literal llega a afirmar, sin más sustento que el animo de densstar al querellante que FACUA tiene relacion con una trama criminal de abusos a menores tutelados en la Comunida Valenciana y Baleares".

Tras esta resolución de la jueza, tal y como establece la ley de enjuiciamiento criminal, Sánchez dispone de un plazo de 10 días "para presentar mi escrito de acusación, solicitando la apertura de juicio oral y estableciendo qué penas pedimos".


 Joan Ignasi Masutier


 


 Marisa Jiménez


 

Una jueza procesa a Vito Quiles por injurias y calumnias contra Rubén Sánchez

El auto aprecia indicios de delito en decenas de mensajes y vídeos y sitúa a Edatv como responsable civil subsidiario en la causa

ElPlural

13-4-26



La magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla ha dictado auto de transformación en procedimiento abreviado contra Vito Quiles al apreciar indicios de la comisión de delitos de injurias y calumnias en una causa iniciada a raíz de la querella presentada en octubre de 2022 por el secretario general de FACUA, Rubén Sánchez. La resolución judicial, fechada el pasado 3 de abril y notificada recientemente a las partes, concluye que el contenido difundido por el querellado “no se encuentra amparado por el derecho a la libertad de expresión” y resulta “intolerable al deber ético y profesional del periodismo”.

La magistrada instructora, María José Moreno Díaz, fundamenta su decisión en el análisis de un conjunto de publicaciones realizadas entre febrero y septiembre de 2022. En concreto, la investigación ha examinado 16 mensajes en la red social X - antes Twitter -, 25 publicaciones en Telegram y un programa audiovisual emitido en el canal de YouTube de EdaTV, medio vinculado al empresario Javier Negre. Como consecuencia de esta vinculación, la resolución declara a dicha plataforma responsable civil subsidiaria en el procedimiento.

Acusaciones de pederastia, extorsión o amenazas

Según detalla el auto, los contenidos analizados contienen expresiones y afirmaciones dirigidas contra el querellante que, de forma indiciaria, podrían constituir delitos contra el honor. La instructora sostiene que de las diligencias practicadas - incluidas las declaraciones de las partes y del representante legal del citado canal - se desprende un “ánimo de vejar, ofender y vilipendiar” a Rubén Sánchez, motivado, según recoge la resolución, por un supuesto contexto de enfrentamiento previo entre ambas partes.

Entre los elementos que sustentan la decisión judicial figura la reiteración de calificativos de carácter despectivo y la atribución de conductas delictivas sin respaldo probatorio. El auto describe cómo el investigado llegó a imputar al querellante hechos de extrema gravedad, entre ellos delitos de pederastia, proxenetismo, extorsión o amenazas, sin aportar indicio alguno que los sustentara durante la instrucción.

La magistrada subraya que tales afirmaciones no pueden entenderse como meras opiniones o críticas amparadas por la libertad de expresión, sino que “trascienden claramente los límites del derecho fundamental” al implicar imputaciones concretas de delitos. En este sentido, recuerda que la jurisprudencia delimita el ejercicio de este derecho, excluyendo manifestaciones que lesionen el honor de terceros mediante la difusión de hechos falsos o no acreditados.

Durante su declaración ante el juzgado, el investigado no aportó pruebas que respaldaran las acusaciones vertidas en sus publicaciones. De hecho, según recoge el auto, en una primera citación se acogió a su derecho a no declarar y posteriormente solicitó comparecer, sin que en ese trámite lograra justificar el contenido de los mensajes objeto de la querella.

Siguientes pasos

La resolución también pone de relieve las dificultades que se produjeron durante la fase de instrucción para la localización del investigado, lo que contribuyó a la prolongación del procedimiento durante cerca de cuatro años. Este retraso no ha impedido, sin embargo, que el órgano judicial haya podido reconstruir de manera detallada el contenido de las publicaciones y su alcance.

En su argumentación, la jueza incide en que el conjunto de mensajes y vídeos analizados revela una actuación sistemática orientada a menoscabar la reputación del querellante ante la opinión pública. El auto recoge expresamente que algunas de las afirmaciones difundidas pretendían hacer creer a terceros que el secretario general de FACUA mantenía vínculos con tramas criminales o desarrollaba conductas delictivas especialmente graves, sin base fáctica alguna.

Asimismo, la instructora destaca que determinadas publicaciones iban más allá de la crítica política o institucional, al introducir imputaciones directas de delitos que afectan de manera especialmente intensa al honor y la dignidad personal. Este elemento resulta determinante para la calificación jurídica provisional de los hechos.

Con la transformación del procedimiento, se abre ahora la fase intermedia del proceso penal. La magistrada ha otorgado un plazo de diez días a la representación procesal de Rubén Sánchez para la presentación del escrito de acusación, paso previo a la eventual apertura de juicio oral.


domingo, 12 de abril de 2026

 


 


 

El Vaticano archiva el caso de pederastia contra el exobispo español Rafael Zornoza

La sección disciplinar del Dicasterio para la Doctrina de la Fe archiva el caso al no haber podido determinar la edad de la víctima en el momento en el que tuvieron lugar los hechos.

Público

10-4-26




El obispo de Cádiz y Ceuta, Rafael Zornoza, investigado por el Vaticano tras una denuncia de agresiones sexuales continuadas cuando era sacerdote en Getafe en los años 90, no será juzgado en el Vaticano por abusos a menores.

En concreto, se sostiene que no está claro si el denunciante era menor de edad en el momento de los hechos, aunque en su escrito el denunciante declaró que tenía 14 años, extremo que no ha podido ser autentificado por los juristas vaticanos.

El caso, además, no puede ser recurrido dado que ya ha prescrito para la Justicia ordinaria. La Diócesis de Cádiz y Ceuta expresó, cuando se dieron a conocer los hechos, que su "plena confianza en la Justicia" y aseguró que colaborará "en todo lo que sea requerido".

Este cierre en falso cuestiona, de nuevo, la sensibilidad de la Iglesia española hacia las víctimas y denunciantes de pederastia en su seno. También pone en evidencia el compromiso real del papa León XIV con esta lacra.





 


 Mariano Valderas Alba


 Anita Muñoz Duarte


 Jesús Ángel García Andrés


 Joan Ignasi Masutier


 Remei Gamar


 


FERNANDO VII... Y EL COJÍN QUE CAMBIÓ ESPAÑA

Hoy toca hurgar en el lecho conyugal de Fernando VII, el "Rey Felón", un monarca que consiguió la proeza de ser odiado por casi todos sus súbditos y, muy especialmente, por sus cuatro esposas. Pero más allá de su nefasta gestión política, que eso no admite mucha discusión, el destino de España se decidió entre las sábanas por una cuestión de tamaño... y desproporción.

A Fernando VII le llamaban "el Deseado", pero en las distancias cortas debía ser "el Temido". El hombre padecía "macrosomía genital", un término médico elegante para decir que la naturaleza se había excedido con él. Los cronistas de la época —y los informes de los embajadores franceses, que se regodeaban en el chisme— describían su anatomía como una "porra de feria": fina en la base y desmesurada en la punta. Para que os hagáis una idea del drama: su tercera esposa, María Amalia de Sajonia, huyó despavorida de la cámara real en su noche de bodas, convencida de que aquello era un instrumento de tortura y no un atributo real. Hubo que pedirle al Papa que interviniese.

Cuando llegó la cuarta esposa, María Cristina de Borbón, la cuestión ya no era solo de alcoba, sino de supervivencia dinástica. Si Fernando no engendraba un heredero, el trono pasaría a su hermano Carlos María Isidro, el líder de los absolutistas más recalcitrantes.

El problema era que el Rey, literalmente, destrozaba físicamente a sus reinas. ¿Cómo asegurar la sucesión sin mandar a la madre del heredero directamente al camposanto? Aquí es donde entra en juego una de las soluciones técnicas más bizarras de nuestra historia: "el cojín con agujero". Según la tradición (y los mentideros de la Corte), los médicos de palacio diseñaron un rodete de seda y terciopelo. Este ingenio actuaba como un "tope", un airbag de la época diseñado para que el ímpetu y el volumen del monarca no causaran daños irreparables. Gracias a esta maniobra de ingeniería erótica, el "trabajo" se pudo completar y nació la futura Isabel II.

Pero cuidado, que no decimos que un cojín pueda provocar una guerra civil por sí solo. El verdadero "explosivo" fue la Pragmática Sanción, por la que Fernando VII, sabiendo que su hija Isabel era su única baza, desempolvó este decreto que permitía reinar a las mujeres, anulando la Ley Sálica. Al hacerlo, le quitó el caramelo del trono a su hermano Carlos. Así que, si a una anatomía desproporcionada le añadimos un cojín que permitió el milagro biológico y rematamos con un cambio legal de última hora que enfureció a los absolutistas, tenemos el cóctel explosivo que desencadenó la Primera Guerra Carlista (y miles de muertes).

Seguro que la próxima vez que visitéis el Museo del Prado os detenéis ante el retrato de Fernando VII y lo miráis... con otros ojos.

#Historiacanalla #HistoriasDeLaHistoria



 


 


La Comunidad de Madrid deniega por segunda vez la beca de comedor escolar, en calidad de víctimas de violencia de género, a las dos hijas menores de la vecina de Villaverde asesinada por su expareja en 2023.

En enero de este año, fueron desahuciadas del domicilio en Villaverde donde residían con su abuela, madre de la mujer asesinada, con la que se habían mudado las tres hermanas.


 Pepe Bo Que