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jueves, 20 de junio de 2024

 Indignante, vergonzoso, repugnante.



La Sección del juez Pedro Castellano, adicta a archivar temas del PP, ordena reabrir el caso de Mónica Oltra

Aseveran que "no puede descartarse

 claramente" la existencia de una

 infracción penal

ElPlural

Loreto Ochando

20-6-24



La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, presidida por Pedro Castellano, lo ha vuelto a hacer: ha ordenado reabrir el caso contra la exvicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, y otras 15 personas por, presuntamente, encubrir los abusos del exmarido de Oltra a una menor tutelada por la Generalitat. Es la misma sección que archivó, en un giro de guion jurídico inaudito, el auto de procesamiento del pitufeo del PP, pero que contra Oltra, por muy motivado que estuviera el auto de archivo de más de 50 páginas han considerado que no puede "descartarse claramente" la existencia de infracción penal y concurren indicios suficientes para encausar a los investigados.

Los magistrados de la Cuarta, con una ponencia de la magistrada Macarena Amparo Mira Picó, dan la razón a la acusación particular representada por el líder de España 2000, José Luis Roberto, así como a las acusaciones populares representadas por la extrema derecha con la asociación Gobierna-te y Vox. El fiscal del caso había informado en contra de la reapertura. Así, y pese a la contundencia de las palabras del juez instrutor, la sección más escorada a la derecha de la Audiencia Provincial de Valencia, vuelve a dejar como imputada a Oltra.

En su día, el magistrado fue claro en sus afirmaciones: "Las sospechas expuestas en la denuncia y en la querella iniciales acerca de que pudiera haber existido una directriz, orden, consigna, recomendación o indicación proveniente de Mónica Oltra, o de cualquiera otro de los altos cargos de la Consellería investigados, dirigida a los funcionarios, igualmente investigados, para que actuaran en cualquier forma conducente a no dar crédito a la menor, a evitar la persecución del señor. Ramírez, o no atender a la menor debidamente, finalmente no han alcanzado la categoría de indicios de criminalidad y quedan como meras sospechas, especulaciones o conjeturas sobre los que no puede basarse una imputación judicial definitiva".



El auto

Pese a la amplia explicación del instructor, la Cuarta se ventila los recursos en un auto de siete folios, de los que en realidad solo dedica tres a explicarse. Así, y tal y como consta en el citado auto al que ha tenido acceso ElPlural.com, dicen los jueces: "atendido el propio relato de hechos resultantes de la instrucción y expuestos extensamente en el auto que acuerda el sobreseimiento provisional, la Sala estima que, al nivel indiciario propio de esta fase procesal, puede sostenerse como hipótesis plausible que, cuando la noticia del posible abuso sexual a una menor tutelada por la Generalitat cometido por parte de un educador del centro de acogida llegó a conocimiento de la Conselleria de Igualdad de la Generalitat Valenciana, las personas que tuvieron conocimiento de los hechos y bajo cuya protección y tutela se encontraba la menor, habrían pretendido ocultar el abuso sexual".

Prosiguen diciendo que para conseguirlo "se habrían valido de un informe ficticio, pues se emite un pronunciamiento de inexistencia de indicios de abuso sexual cuando ni siquiera se preguntó a la menor sobre los abusos que se conocía que había relatado a terceras personas, omitiéndose tanto la denuncia como la obligación de comunicar el hecho al Ministerio Fiscal, evitando así que pudiera ejercer el control previsto en el art 209 CC. De esta manera resulta indiciariamente de la instrucción que no se denunciaron unos hechos graves ni se protegió a la menor tutelada por parte de quien tenía la obligación de hacerlo, colocándola por el contrario en una situación de riesgo, pues el educador que había cometido los abusos fue reincorporado a su puesto de trabajo en el centro de acogida". 

"No fue hasta tres meses mas tarde, tras relatar la menor lo ocurrido a unos agentes de Policía Nacional que se encontraban circunstancialmente en el centro con motivo del traslado de otra menor, cuando por parte de estos se dio cuenta a Fiscalía, que estimó que existían indicios suficientes de la comisión de los abusos sexuales relatados e interpuso la correspondiente denuncia, que culminó en la condena del educador del centro. Por lo tanto, se estima que en este momento procesal no puede descartarse, de una manera clara, la comisión de infracción penal derivada del incumplimiento del deber de denunciar y de proteger a la menor tutelada por la Generalitat con la finalidad de ocultar la existencia de unos abusos sexuales ocurridos en el centro de acogida, debiendo ser el acto del juicio oral donde se dilucide, con la mayor mayor amplitud que proporcionan los principios procesales que rigen la prueba en el juicio, las cuestiones relativas a las concretas circunstancias en las que tuvieron lugar los hechos y el juicio de tipicidad que los mismos merecen", apostillan.



Causas archivadas

Además del famoso pitufeo, otro gran tema relacionado con el PP de Valencia cayó en esta sección. Como bien explicaba Genoveses: la segunda causa es también de última generación y está relacionada con la visita del Papa Benedicto XVI a la ciudad de Valencia, allá por el año 2006 para presidir el V Encuentro Mundial de las Familias.

Para no liarse hay que recordar que su presencia provocó años después la intervención de la Audiencia Nacional y el TSJCV. Muy resumidamente acabaron siendo condenados varios investigados. Algunos de ellos con acuerdos de conformidad, por haber participado en una trama corrupta relacionada con la adjudicación de contratos públicos. Todos los detalle se pueden consultar en este enlace  que se enmarca dentro de la PS4 de la trama valenciana del Caso Gürtel.



Muy ligado a lo anterior, un 23 de febrero del 2018, el Juzgado de Instrucción número 5 de Valencia, que investigaba desde 2016, por inhibición del JCI nº 5 de la Audiencia Nacional, las irregulares en las contrataciones de la Fundación V Encuentro Mundial de las Familias decide tomar declaración, entre otros. a Francisco Camps en calidad de investigado. Tras varias idas y venidas la causa es archivada y a la vez recurrida por la Fiscalía Anticorrupción y por la Generalitad Valenciana como acusación particular.

Y es aquí donde entra otra vez en escena la Sección 4 de la Audiencia Provincial de Valencia, presidida por Castellano Rausell. Tras formar Sala con José Manuel Mejía Carmona  Isabel Sifres Solanes, deciden ser más papistas que el propio Papa” y en un auto de 9 folios dan la razón a la jueza por haber archivado tan sabiamente la instrucción, mezclando para ello afirmaciones y opiniones que nadie les había pedido ni venían a cuento.




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