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domingo, 4 de agosto de 2024


Qué ven mis ojos

 Un iluminado jamás apaga su propia luz

InfoLibre

29-7-24

Benjamín Prado




Las cosas hay que hacerlas bien, así que cuando uno se dedica a fanfarronear, lo justo es que luego sea consecuente con su personaje y lo lleve hasta las últimas consecuencias. Si te pones una sábana encima, tienes que merecerte el disfraz, porque si no lo consigues, la gente, en lugar de asustarse del fantasma se ríe del que hay debajo: de espectro a esperpento hay muy poca distancia. Visto así, yo creo que el juez Peinado debería acudir hoy a La Moncloa a caballo y vestido con el uniforme de las Cruzadas. El grito con el que cargaría contra el enemigo está claro: Peinado y cierra España. Es lo que tienen las reconquistas.

Este sainete empezó con una denuncia de un dicen que sindicato que torea al alimón con la misma ultraderecha cuyos representantes se ponen sobresueldos, cuyos partidos hacen desaparecer subvenciones, patria por aquí, nada por allá, y cuyos mensajes antidemocráticos esconden las trapisondas y birlibirloques de una banda de caraduras que confían en que les sigan y voten los mismos de los que se ríen. Para afrontar el problema del independentismo, la ruptura que anuncian de España y tal y tal, en el Parlament catalán un líder de Vox que clamaba contra la subida del sueldo mínimo a los más débiles, cobra un sobresueldo de 3.700 euros al mes y le sacó en dos años a la cámara 39.361 en concepto de “pago de servicios de despacho y atención en sede”; otro, con contrato de dedicación exclusiva, recibe un salario de 60.000 del Parlament catalán y otro de 50.000 mil del Cantabria; y si queremos un ejemplo de sus socios, el presidente del andaluz, este del PP, que cobra 96.626 asegura que hay que subirles las dietas a los diputados “porque les cuesta llegar a fin de mes, con lo que han subido los hoteles.” Hay ejemplos para dos docenas de artículos.

El juez que persigue, contra el criterio de la Fiscalía, la Guardia Civil y la Audiencia, a Begoña Gómez y Pedro Sánchez, y que es padre de una concejala del Partido Popular, tiene en su juzgado denuncias contra Isabel Díaz Ayuso presentadas por los familiares de los ancianos condenados a morir en las residencias de la Comunidad de Madrid, pero no parece que vaya a presentarse en la sede del Gobierno regional a interrogarla. ¿7.291 muertes son menos dignas de ser investigadas que un supuesto tráfico de influencias basado en bulos, manipulaciones y noticias falsas? ¿Los huérfanos de los abandonados en los geriátricos son menos dignos de atención que los neo fascistas comandados por un individuo que militaba en la extrema derecha violenta de Fuerza Nueva y se declara admirador incondicional del dictador Franco? O tal vez es que Peinado no visita a Ayuso para no exponerla a una exhibición pública, que fue lo que él mismo hizo para justificar no hacer comparecer al alcalde Martínez Almeida en otro caso en que era requerido por las acusaciones, mientras insiste en grabar en vídeo a Gómez y Sánchez, a ver si hay suerte y se filtra una imagen que luego pueda mostrar a las cámaras en el Congreso el Tellado o Abascal de turno. Es decir, que la sospecha de que estamos ante alguien que actúa a la vez como juez y parte, es legítima.

Peinado no visita a Ayuso para no exponerla a una exhibición pública, que fue lo que él mismo hizo para justificar no hacer comparecer al alcalde Martínez Almeida en otro caso en que era requerido por las acusaciones, mientras insiste en grabar en vídeo a Gómez y Sánchez

El proceso, en su conjunto, es una charlotada. Gómez, “hay que ir a por su mujer y así lo quebraremos”, se dijo en los bancos de la oposición, está imputada pero no sabe por qué, dado que el instructor va improvisando sobre la marcha, según la causa se va quedando vacía, llegando a cambiar la condición a investigado de un testigo después de haberle tomado declaración y sin antes advertirle, como marca la ley, de que se estaba incriminando y, en consecuencia, debía de marcharse y volver cuando lo citaran, esta vez en compañía de un abogado. Así ha ido saltando de una acusación a otra y difuminando sus razones a base de generalizarlas, hasta llegar al absurdo de indagar todo lo que haya podido hacer Gómez desde que su marido es presidente, e indaga la solicitud de su esposa a la universidad Complutense para que se le otorgara  permiso que la habilitara para ser codirectora de un máster, que fue hecha en 2012, mucho antes de que su marido fuera presidente del Gobierno e incluso secretario general del PSOE. Para arreglarlo, sin embargo, a él lo quiere interrogar no como político, sino como pareja, saltándose también el hecho de que nadie está obligado a testificar contra su compañera o compañero sentimental. Un sinsentido tras otro que no se detendrá hasta que una instancia superior no le pare los pies. Un iluminado jamás apaga su propia luz.


viernes, 2 de agosto de 2024

 Un juzgado de Madrid da la razón a Begoña Gómez y condena a un digital por dos noticias falsas

Sentencian al digital ‘The Objective’ a publicar una rectificación en la primera batalla legal y mediática de la esposa del presidente del Gobierno

ElPlural

31-7-24




La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, ha salido victoriosa de su primera escaramuza judicial contra un medio de comunicación. Un juzgado de instrucción de Madrid ha dado la razón a la esposa de Pedro Sánchez y ha obligado al digital The Objective a publicar una rectificación en su portada de una información en la que se afirmaba que había recibido una subvención pública. Además, publicaron que tenía una fundación denominada Transforma TSC, que fue utilizada en la denuncia tanto de Manos Limpias como de Hazte Oír que fueron admitidas a trámite por el juez Juan Carlos Peinado.



Primera victoria en una batalla mediática por parte de Begoña Gómez, ante el medio digital The Objective. El citado periódico publicó dos informaciones que la Justicia ha estimado falsas, por lo que se han visto obligados, previo mandato judicial, a publicar una rectificación en la portada de su página web. En la sentencia, a la que ha tenido acceso ElPlural.com, se explica que a pesar de la rectificación del mencionado medio de comunicación tras el burofax enviado por la esposa del presidente del Gobierno, fue escondida sin la relevancia que tuvo la primera con la información errónea.

El fallo condena al medio a publicar dentro de los próximos tres días y siempre con una “relevancia semejante” a la información publicada. “En relación con la información publicada por el diario The Objective, con fechas 6 y 7 de abril de 2024, se procede a la siguiente rectificación: Begoña Gómez no ha sido beneficiaria ni de la subvención a que aludía la información publicada por este diario ni directamente ni a través de ninguna entidad. Además, Begoña Gómez no tiene ni forma parte de ninguna fundación denominada TSC”, reza el escrito judicial.



La titular del Juzgado de Primera Instancia número 56 de Madrid sentencia que el medio, a pesar de que rectificó, no lo hizo con la relevancia necesaria y exigida. “Es incuestionable que la prensa digital ocupa cada vez mayor espacio en los medios de comunicación”, explica la magistrada, quien aludía a la Ley 3/2018, que en su artículo 85.2 delimita que “cuando los medios de comunicación digitales deban atender la solicitud de rectificación formulada contra ellos deberán proceder a la publicación en sus archivos digitales de un aviso aclaratorio que ponga de manifiesto que la noticia original no refleja la situación actual del individuo. Dicho aviso deberá aparecer en un lugar visible junto con la información original”, expuso.

La primera noticia publicada salió en la portada del medio digital, pero no ocurrió así con la rectificación, que apareció sólo en la sección y “sin enlace desde la portada”, lo que implicaba que el lector entre las distintas secciones del medio o efectúa una búsqueda concreta para acceder a la información en cuestión. Así, la magistrada entiende que debía estimarse de manera “parcial” la demanda, condenando a la “parte demandada a la publicación de la rectificación con la misma relevancia que las noticias respecto a las que se ejercita el derecho de rectificación, sin perjuicio de mantener la publicación ya efectuada y los enlaces”.



El fallo explica que el motivo por el cual se acepta la reclamación de Gómez es que “la pervivencia de la información” en Internet es “mucho más acusada” que cuando la información se publica en un medio tradicional, en su soporte de papel. Así, la magistrada sostiene que en el caso de las informaciones en papel encontrar una información de días pasados “es mucho más difícil por el carácter efímero” y sería necesario recurrir a la hemeroteca para “encontrar una noticia publicada en días anteriores, sin que aún así fuera fácil hallarla”.



Con Internet y los motores de búsqueda “permiten hacer presente, en cualquier lugar del mundo como si hubiera ocurrido hoy, cualquier información sobre los hechos que tuvieron lugar en un determinado” contexto y espacio, con una facilidad y rapidez inusitadas, además de no comportar “ningún coste”.


miércoles, 31 de julio de 2024

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martes, 30 de julio de 2024

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