Fernando Presencia Crespo
El encarcelamiento de Ábalos y Koldo es la ‘última cagada’ del magistrado del Supremo, Leopoldo Puente; según ha denunciado ante la AAI el juez Presencia.
Leopoldo Puente cometió un error de bulto al calcular las penas en la prisión preventiva del exministro y de su ex asesor, sumando el total de las pedidas por el fiscal (casi 30 años solo para Ábalos), cuando en el procedimiento abreviado (PA) el límite máximo es de 9 años, según se explica en el escrito presentado ante la Autoridad de Protección del Denunciante de Corrupción (AAI) por la Asociación Contra la Corrupción liderada por el juez Fernando Presencia.
Como se señala en la nota de prensa hecha pública por ACODAP, en las prisiones preventivas deben tenerse en cuenta las mismas reglas para la individualización de la pena que el código penal prevé para la sentencia condenatoria (artículo 503.1.1o LECrim).
Esto quiere decir, según advierte la asociación denunciante, que cuando sean varios los delitos imputados, no se pueden sumar matemáticamente los años de las posibles condenas sin antes acudir a las reglas previstas en la ley para el “delito continuado” y los “concursos de delitos”, aplicando después los límites del artículo 76 del C.P..
“Todo ello de forma que el resultado no puede superar nunca los nueve años previstos como límite máximo para el PA, porque en otro caso estaríamos hablando del juicio por sumario”, termina diciendo Presencia, que añade: “Que este no es el caso”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario