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viernes, 20 de diciembre de 2019
Cinco claves para entender la sentencia de la justicia europea sobre Junqueras
Cinco
claves para entender la sentencia de la justicia europea sobre Junqueras
Esta
sentencia del TJUE profundiza en el refuerzo de garantías, derechos y valores
democráticos. Ante dicha resolución no valen falsos patriotismos irracionales
Si la
inmunidad despliega sus efectos desde la proclamación de los eurodiputados,
resulta previsible que la justicia europea se la reconozca también a Puigdemont
Joaquim Bosch - Magistrado
19/12/19
eldiario.es
1.- La sentencia del Tribunal
de Justicia de la Unión Europea (TJUE) supone una clara desautorización
jurídica al Tribunal Supremo español. Esta resolución cuestiona diversas
decisiones judiciales adoptadas en relación con Junqueras, pero además puede
provocar consecuencias de enorme relevancia en otros ámbitos. Lo que indica la
justicia europea es que Junqueras gozaba de inmunidad desde que fue proclamado
eurodiputado electo. Y ello implicaba que el Tribunal Supremo debería haberle
permitido su toma de posesión y los trámites de incorporación al Parlamento
Europeo, sin perjuicio de solicitar ante dicha cámara la suspensión de su
inmunidad.
2.- El Tribunal Supremo deberá
responder ahora a una pregunta fundamental, que se deriva directamente de la
sentencia del TJUE y que ya se ha planteado en las actuaciones. ¿Cómo pudo ser
condenado alguien que gozaba de una inmunidad que impedía dicha condena?
Además, fue condenado sin que nuestro alto tribunal esperase la respuesta a una
cuestión prejudicial que él mismo había formulado al órgano judicial europeo.
Según la letra de la resolución del tribunal de Luxemburgo, la respuesta
jurídica más literal lleva a la declaración de nulidad del fallo condenatorio
contra Junqueras. No podía haber sido condenado, según el ordenamiento jurídico
vigente, por lo que se habrían vulnerado reglas esenciales de procedimiento que
habrían causado indefensión a Junqueras.
3.- La nulidad difícilmente
supondría dejar sin efecto el juicio, pues se celebró antes de que Junqueras
fuera proclamado parlamentario europeo y gozara de inmunidad. Por otro lado, me
parece dudoso que la nulidad pudiera alcanzar a otras personas condenadas a las
que no afectaba la referida inmunidad, ya que en este ámbito no se habrían
vulnerado sus derechos. Sin embargo, otra consecuencia importante de la
sentencia sería la aplicación de sus criterios jurídicos a Puigdemont, el cual
también está ejerciendo sus propias acciones ante el tribunal europeo. Si la
inmunidad despliega sus efectos desde la proclamación de los eurodiputados,
resulta más que previsible que la justicia europea reconozca también esta
protección para Puigdemont. Y ello implicará que este no pueda ser detenido ni
perseguido judicialmente en España, mientras el parlamento europeo no deje sin
efecto su inmunidad.
4.- Debe recordarse que
inmunidad no significa impunidad. Por ejemplo, no se trata de que cualquier
persona pueda cometer delitos sin consecuencias penales por el hecho de ser
elegido parlamentario. Algo así sería absurdo. La inmunidad supone una garantía
para reforzar la separación de poderes. Con ella se pretende que no se puedan
producir persecuciones policiales o judiciales sin justificación que puedan
alterar el resultado de la voluntad popular en unas elecciones. Una vez el
parlamento correspondiente verifique el fundamento de una actuación judicial, a
través del suplicatorio o petición formulada por el órgano judicial, podrán
continuar las actuaciones penales contra un diputado.
Puede parecer que la falta de
cumplimiento de estos requisitos representa una cuestión menor. Sin embargo,
estamos hablando de garantías básicas en un Estado de Derecho. No resulta
coherente exigir (con razón) a los dirigentes independentistas el cumplimiento
del ordenamiento jurídico y luego apoyar que nuestros tribunales cometan
infracciones sobre normas esenciales.
5.- A pesar de algunas
reacciones desaforadas contra la sentencia, que aseguran que nos quieren
imponer decisiones desde fuera, debemos recordar que el Tribunal de Justicia de
la Unión Europea no es un órgano judicial foráneo. También es un tribunal
español, porque somos europeos y formamos parte de la Unión Europea. Es un
órgano judicial que forma parte de nuestro sistema de derecho y no dicta sus
resoluciones desde Australia o Japón. Es el máximo intérprete de las normas
comunitarias europeas y las leyes españolas establecen que el poder judicial de
nuestro país está vinculado a sus decisiones. Entre los 15 jueces que han
dictado esta sentencia, se encontraba también una magistrada española.
Además, la justicia europea
supone un significativo punto de referencia. Frente a la pasión con la que en
un país concreto se pueden afrontar determinadas situaciones, las instituciones
judiciales comunes ofrecen una mirada más analítica y distanciada de los
conflictos, para generar unos estándares compartidos mínimos en materia de
derechos y libertades. Ya sabemos lo que supone retroceder a tiempos en los que
España no formaba parte de los organismos europeos. Esta sentencia del TJUE
profundiza en el refuerzo de garantías, derechos y valores democráticos. Ante
dicha resolución no valen falsos patriotismos irracionales. Al contrario, de
manera constructiva, deberíamos ampliar nuestra perspectiva crítica sobre las
decisiones referentes al Procés que puedan resultar discutibles.
La chapuza del Tribunal Supremo lo deja con el "culo al aire"
El
problema es el Tribunal Supremo que tenemos
La sentencia
del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es un varapalo sin muchos
precedentes contra el máximo organismo de la justicia de un país democrático
Ha sacado a
la luz sus limitaciones y amaños, dejando una vez más muy mal parada a la
justicia española a los ojos de Europa
19/12/19
eldiario.es
Sólo dos meses después de la
sentencia sobre el procés se ha confirmado lo que se sospechaba desde un
principio: que el poderoso juez Manuel Marchena no era tan justo e imparcial
como muchos pretendían. Con un añadido: que tampoco es un genio en el manejo de
los instrumentos jurisprudenciales. El Tribunal de Justicia de la UE ha sacado
a la luz sus limitaciones y amaños, dejando una vez más muy mal parada a la
justicia española a los ojos de Europa.Y ahora la pregunta es cuánto tardará el
Tribunal Europeo de Derechos Humanos en concluir que el juicio mismo contra el
independentismo se pareció algo a una farsa. Si no es que antes el
Constitucional español no aporta más en ese sentido.
La sentencia del TJUE es un
varapalo sin muchos precedentes contra el máximo organismo de la justicia de un
país democrático. Marchena no sólo vulneró el derecho de Oriol Junqueras a
asumir su condición de parlamentario europeo tras permitirle participar en las
elecciones al mismo, sino que lo sentenció antes de conocer la opinión del TJUE
sobre la cuestión prejudicial de ese asunto que el propio Supremo había
elevado.
Son dos irregularidades muy
graves y que podrían comportar sanciones muy serias si alguien se atreviera a
meterse con nuestro juez estrella. Pero eso hoy por hoy no parece posible. Y si
no, mírese el caso de Carlos Lesmes, que sigue presidiendo el Consejo General
del Poder Judicial y el Tribunal Supremo después del escándalo de las idas y
venidas de la sentencia sobre las hipotecas en el que Lesmes tuvo un papel no
secundario.
Pero más allá de eso, ¿por qué
Marchena se atrevió a tomar iniciativas tan arriesgadas? Sólo caben dos
explicaciones. Una, que no creyó que el TJUE llegaría a tanto. Y ahí metió la
pata hasta el fondo, indicando que sabrá mucho de cómo moverse por los
entresijos de la justicia española pero que ignora buena parte de los usos y
costumbres de las más altas instancias de la europea. Y, sobre todo, que indica
desconocer que entre las élites de nuestro continente, incluso en sectores de
las conservadoras, la respuesta judicial al procés nunca ha sido bien vista.
Pues se cree que un asunto como ese no debería haber sido abordada por los
tribunales, sino por la política.
La otra razón por la que
Marchena decidió atentar contra los derechos de Junqueras es que el cierre
definitivo del juicio, con la terrible sentencia, era su prioridad absoluta, al
cual cabía sacrificar cualquier escrúpulo procedimental o democrático. Y el
final tan poco ejemplar del proceso lleva inevitablemente a preguntarse si
todas las iniciativas judiciales adoptadas contra los líderes independentistas
no han estado marcadas por una decisión inicial y firme de propinarles un
castigo ejemplar. A la que más tarde se fue añadiendo toda la parafernalia
jurisprudencial necesaria para llevarlo a cabo.
Cabe recordar que la querella
presentada por el entonces fiscal general José Manuel Maza pocos días después
del 1 de octubre de 2017 fue prácticamente asumida como propia por Marchena y
su tribunal y, por supuesto, por los fiscales del Supremo. Los mismos que ayer tardaron
tres minutos en leerse la sentencia del TJUE para concluir que no había que
hacerle caso alguno y los que durante la vista oral lucieron su saña
inquisitorial contra los procesados, no precisamente acompañada de mucha
brillantez ni eficacia profesional.
La iniciativa de Maza fue
entendida por algunos como un acto de rabia, seguramente inducido por el
gobierno Rajoy, ante el fracaso del operativo montado para impedir el
referéndum y de la que el ataque masivo contra los colegios electorales
seguramente también era expresión.
El juez Llarena siguió esa
línea sin modificarla un ápice. Marchena condujo su proceso sobre esas mismas
bases. Al final se vio obligado a retirar la acusación de rebelión porque era
demasiado escandalosa, pero dictó unas condenas brutales. Así cumplió con su
cometido. Respetando aparentemente todas las normas. Este jueves se ha visto
que no era así.
El gobierno tiene ahora una
patata caliente en sus manos. El TJUE y el presidente del Parlamento Europeo le
han pedido que aplique la sentencia. Esto es, que permita a Oriol Junqueras
recibir su nombramiento y ocupar su escaño. Si no actúa en esa dirección Pedro
Sánchez puede no ser investido porque Esquerra Republicana no va a mirar para
otro lado.
Sorprende que la hipótesis de
que algo así ocurriera no hubiera sido tenida en cuenta por los medios de
comunicación. Pero mucho más que eso inquieta la incógnita de qué va a hacer el
Gobierno con la actual cúpula judicial y con el Tribunal Supremo en particular.
Porque un país democrático normal no puede tener a personas como Marchena y
como Lesmes, y unos cuantos más, mandando en la estructura judicial.
Sobre todo si por una cobardía
suprema o por incapacidad manifiesta para cumplir sus obligaciones, el poder
político, el que en su momento representaba Mariano Rajoy y el PP, delega en el
judicial la solución de un problema político tan característico y grave como el
catalán. Porque por esa vía nunca se van arreglar las cosas, ya que el poder
judicial está compuesto por las personas que el poder político ha seleccionado
y porque no pocos de nuestros magistrados están demasiado imbuidos de sus
convicciones ideológicas como para ser un árbitro en esas cuestiones.
Casi lo de menos ahora es lo
que pueda pasar con la investidura. Que puede salir si Sánchez no vuelve a su
dogmatismo antinacionalista de hace pocos meses, si comprende que no es momento
de defender a Marchena por encima de la evidencia. Más importante que eso es
que la política se apreste a acabar con la disfuncionalidad que supone una parte
significativa de nuestro poder judicial. Que puede llegar hasta a acabar con
nuestra democracia, como la crisis catalana está empezando a demostrar. Se
puede hacer. Hace falta coraje. Aunque también inteligencia.
Oriol y su sentencia.
Sobre la
sentencia de Junqueras: ha pasado lo que tenía que pasar
La decisión
del Tribunal Supremo de impedir que Oriol Junqueras adquiriera la condición de
diputado europeo estaba condenada al fracaso porque era radicalmente
incompatible con el principio de legitimidad democrática
eldiario.es
19/12/19
Para evitar confusiones,
sigamos el orden que se tiene que seguir.
1. Oriol Junqueras estaba en
posesión de todos sus derechos constitucionales en el momento en que fueron
convocadas las elecciones al Parlamento Europeo. Estaba en prisión provisional,
pero no existía ninguna sentencia firme que le privara del ejercicio del
derecho de sufragio activo y pasivo.
2. Oriol Junqueras fue
proclamado candidato por la Junta Electoral Central (JEC) dentro de la lista
correspondiente, certificándose de esta manera que reunía los requisitos
legalmente exigidos para ello.
3. Celebradas las elecciones
el 26 de mayo, la JEC procedió a la proclamación provisional de Oriol Junqueras
como candidato electo, sin que se interpusiera ningún recurso contra la misma.
4. El 13 de junio, tras el
recuento general, la JEC procedió a la proclamación definitiva, ordenando su
publicación en el BOE.
Es obvio que si un ciudadano
concurre a unas elecciones porque puede hacerlo y es elegido, posteriormente no
puede impedírsele acudir a la sede de la JEC para prometer o jurar la
Constitución, privándosele de esta manera del escaño obtenido mediante el voto
de los ciudadanos. No es admisible que se permita a un ciudadano participar
como candidato en unas elecciones y que no se le permita ocupar el escaño para
el que ha sido elegido.
Esto tan obvio es lo que el
Tribunal deJusticia de la Unión Europea (TJUE) ha venido a reconocer en la
sentencia conocida este jueves. Oriol Junqueras es miembro del Parlamento
Europeo desde el 13 de junio, cuando se hizo la proclamación definitiva por la
JEC. Desde ese día tenía que haber cesado la prisión provisional, de tal manera
que pudiera acudir a la sesión constitutiva del Parlamento Europeo. Para
continuar procediendo penalmente contra él, el Supremo tendría que haber
solicitado el suplicatorio al Parlamento Europeo y haber esperado la respuesta
de este.
El TJUE sanciona el
comportamiento fraudulento del Tribunal Supremo de permitir a Oriol Junqueras
participar en unas elecciones, pero no aceptar el resultado de las mismas.
Oriol Junqueras es diputado europeo desde el 13 de junio, haya jurado o
prometido la Constitución o no. Desde entonces debería estar en libertad y
poder participar en las sesiones del Parlamento Europeo. Sobre esto no existe
duda.
Lo que queda por decidir es si
el Tribunal Supremo pudo dictar la sentencia que dictó el 14 de octubre
condenando a Oriol Junqueras por delito de sedición. Esta era la cuestión que suscitaba
en las dos últimas líneas de sus Conclusiones el Abogado General.
Porque el Supremo cometió un
segundo fraude al elevar la cuestión prejudicial al TJUE y no esperar la
respuesta de este para dictar sentencia. Temiendo que el TJUE decidiera que Oriol
Junqueras era miembro del Parlamento Europeo y que el Tribunal Supremo tenía
que ponerlo en libertad y solicitar el suplicatorio para poder continuar
procediendo penalmente contra él, no esperó la respuesta y dictó sentencia el
14 de octubre, es decir, el mismo día en que se celebró la vista sobre la
cuestión prejudicial en el TJUE.
Con esta conducta el TS corría
el riesgo de que el TJUE acabara diciendo que Oriol Junqueras era diputado
europeo y portador por tanto de la inmunidad propia de quien ostenta esa
condición y que, en consecuencia, el TS no podía dictar sentencia contra él sin
solicitar previamente el suplicatorio al Parlamento. El tribunal corría el
riesgo de que la sentencia acabara siendo nula de pleno derecho por haber sido
dictada contra quien el Supremo no podía dictarla en ese momento.
Sobre este segundo fraude la
sentencia del TJUE conocida este jueves no dice nada, pero tendrá que acabar
diciendo algo, porque la defensa de Oriol Junqueras solicitará sin duda la
nulidad al TS y, dependiendo de la respuesta de este, volverá al TJUE.
Esto se va a empezar a
analizar en los cinco días que el TS ha dado de plazo a las partes para que se
pronuncien sobre las consecuencias que se deben extraer de la sentencia del
TJUE conocida este jueves.
Atentos.
Aberrante!!!
Una pareja devuelve a sus
hijos adoptivos después de descubrir que están esperando un bebé
La pareja canceló el
proceso de adopción y entregó a los mellizos de ocho meses
Informativos Telecinco19/12/2019
Una pareja causa un gran revuelo al devolver a sus recientes hijos adoptivos, dos mellizos de ocho meses, tras descubrir que estaban esperando un hijo de manera natural.
Ali Sanders y su
esposo Michael recibieron, con
emoción, la noticia de
que se convertirían en padres adoptivos durante la víspera de Navidad. Una
dulce noticia que pronto dejaría un sabor amargo en sus vidas.
Cuando los niños llegaron al hogar, Ali no consiguió establecer ningún tipo de vínculo especial con los
pequeños tal y como lo había hecho su marido. Según él, ni
siquiera parecía estar feliz. Algo que llevó a la pareja a acudir al centro de salud, donde descubrieron que la
mujer estaba esperando un hijo. Ante la noticia, la mujer no dudó en llamar al
centro de adopción y cancelar los trámites según informa El Caso.
La mujer ha confesado que intentó querer a los pequeños pero que no lo
consiguió. “Mi recuerdo principal es estar sentada allí rezando
para que los gemelos no se despertaran porque cuando lo hiciesen tendría
que fingir ser madre otra vez”, justificaba la madre.
EL TJUE i Oriol Junqueras: certeses i dubtes
El TJUE i Oriol Junqueras: certeses i dubtes
El Suprem s'ha inhabilitat per
poder procedir contra cap d'aquests europarlamentaris en el futur
19/12/2019
ara.cat
Catedràtic de Dret Constitucional a
la Universitat de Sevilla
La
decisió de Tribunal de Justícia de la Unió Europea (TJUE) sobre la immunitat
d'Oriol Junqueras com a eurodiputat proporciona diverses certeses i suscita
alguns dubtes.
Comencem per les certeses. La
condició de parlamentari europeu s'adquireix des del moment de la proclamació
definitiva de candidat electe per l'òrgan de l'administració electoral
competent, a Espanya la Junta Electoral Central (JEC). En el cas d'Oriol
Junqueras, a qui expressament es refereix la sentència, però també en els casos
de Carles Puigdemont, Toni Comín i Clara Ponsatí, quan es consumi la sortida
del Regne Unit de la Unió Europea en el cas d'aquesta última.
El president de Parlament
Europeu sembla que ho ha entès així i ha ordenat als serveis jurídics que extreguin
de la sentència la conclusió pertinent per a la composició de la cambra. El
jutge Pablo Llarena sembla que també i ha sol·licitat a les parts que es
pronunciïn sobre l'aixecament de l'ordre de detenció contra Puigdemont, Comín i
Ponsatí. Previsiblement, el jutge belga que ha de decidir sobre l'ordre de
detenció contra Puigdemont i Comín farà el mateix.
La segona certesa és que, a
partir del 13 de juny, data en què van ser proclamats de manera definitiva
diputats electes, Oriol Junqueras i els altres tres eurodiputats han estat
privats del seu dret a la llibertat personal, un perquè era a la presó i els altres
perquè hi havia ordres de detenció contra ells, així com del dret de sufragi
passiu perquè no se'ls ha permès exercir com a diputats europeus.
De certeses n'hi ha més, però per raons d'espai, avui
em quedo amb aquestes dues.
Els dubtes provenen de la
manera fraudulenta com el Tribunal Suprem (TS) va plantejar la qüestió
prejudicial al TJUE. En lloc d'esperar la resposta a aquesta qüestió, el TS va
dictar sentència el 14 d'octubre, és a dir, el mateix dia en què es va celebrar
la vista sobre la qüestió prejudicial al TJUE. A partir d'aquest dia hi ha una
sentència ferma contra Oriol Junqueras. Des d'aquest dia no està en presó
provisional, sinó empresonat en compliment d'una sentència que ha destruït la
seva presumpció d'innocència.
Si la
conclusió és que Oriol Junqueras tenia immunitat, llavors el TS no podia dictar
la sentència i la sentència hauria de ser declarada nul·la de ple dret
Si Oriol Junqueras era diputat
europeu des del 13 de juny i portador per tant d'immunitat, ¿podia el Suprem
dictar sentència contra ell sense haver-lo posat en llibertat prèviament, haver
sol·licitat el suplicatori al Parlament Europeu i haver esperat la seva
resposta? Aquesta és l'última qüestió que va suscitar l'advocat general en les
seves conclusions: queda per decidir únicament, deia l'advocat general, si
Oriol Junqueras tenia immunitat en el moment en què el Suprem va dictar
sentència contra ell.
Aquesta és la qüestió que
s'examinarà durant els cinc dies que el TS ha donat a les parts perquè es
pronunciïn sobre les conseqüències que s'han d'extreure de la sentència del
TJUE que hem conegut avui dijous. Si la conclusió és que Oriol Junqueras tenia
immunitat, llavors el TS no podia dictar la sentència i la sentència hauria de
ser declarada nul·la de ple dret. Sobre això haurà de pronunciar-se en primer
lloc el TS, però la seva decisió podrà ser revisada pel TJUE.
El segon dubte té relació amb
el suplicatori que eventualment el TS podria elevar al Parlament Europeu. El
Tribunal Suprem espanyol ¿pot ser considerat un jutge imparcial per elevar
l'esmentat suplicatori, després d'haver desconegut des del 13 de juny els drets
de llibertat personal i de sufragi passiu dels parlamentaris respecte dels
quals sol·licita l'aixecament de la immunitat? ¿No ha d'entendre's, més aviat,
que el Suprem ha perdut la imparcialitat respecte d'aquests diputats?
Aquest és el jardí en el qual
s'ha ficat el TS amb el doble frau de llei en què ha incorregut: no considerar
els proclamats electes com a parlamentaris europeus i dictar sentència sense esperar
la resposta a la qüestió prejudicial. En la meva interpretació, no té
escapatòria possible. La sentència que va dictar el 14 d'octubre és nul·la de
ple dret, perquè la va dictar contra qui no podia fer-ho. Al mateix temps, amb
la seva conducta, el Suprem s'ha inhabilitat per poder procedir contra cap
d'aquests europarlamentaris en el futur, ja que ha perdut la imparcialitat
exigible.
Aquest és el debat en el qual
entrem des d'avui mateix.
En el nombre de Dios ( Monjas denuncian abusos de un cura en Argentina)
Una investigación desvela los abusos de un cura
a varias monjas en Argentina
"Nos violaba y después, con el hábito puesto, nos confesaba. Así,
durante cinco años"
Religión Digital
El sacerdote, conocido como 'el Santito', está preso y podría enfrentarse a cargos de más de 40 años de prisión
Ni sus superioras ni el Arzobispado de Buenos Aires les hicieron caso. Sólo entonces se decidieron a denunciar
Pascual les decía que “no pasaba nada si yo me quería desnudar delante de él y masturbarme, si le pedía a él desnudarse y tocarse que no pasaba nada, que era muy normal. Y así pasaron algunas cosas... siempre tratando de que tuviéramos sexo"
“Mi
vocación era ser religiosa, y no ser denunciante. La vocación es algo sagrado, que no se toca. Y esta
persona nos tocó en lo más profundo del ser”. Así arranca 'En el nombre de
Dios', un impactante reportaje emitido por Telenoche (Canal 13), en el que tres
monjas denuncian que durante años el sacerdote Manuel Pascual las sometió
sexual y psicológicamente durante años. Las violaba, y después las confesaba.
Y ni las superioras (de la congregación de las
hermanas de San José en Buenos Aires) ni la jerarquía quisieron hacer nada,
hasta que las hermanas se armaron de valor y denunciaron. Hoy, 'el Santito', como se conocía al
clérigo, se enfrenta a penas que podrían alcanzar los 40 años de prisión.
“Manuel
Pascual era el sacerdote fundador de la comunidad (…) también era mi confesor, porque yo no me podía ir a confesar
con otro sacerdote” relata una de las religiosas. “Era quien nos guiaba
espiritualmente. Era todo”. Sin embargo, durante cinco años estuvo abusando de
al menos tres monjas, aunque todos suponen que hay más.
Al ataque sexual le precedía toda una acción de
“ablande” por parte del cura donde a las monjas las sensibilizaba con temas
personales, les inculcaba una
“absolución” del dolor que llevaban consigo y les proponía gozar. No
terminaba ahí. Después de cometer el hecho, y estando las religiosas con el
hábito puesto, las confesaba.
“En
los primeros meses de formación pasaban cosas, como que yo veía o abrazos
cariñosos o algunos gestos que él tenía hacia algunas hermanas”, relata una de
ellas. “Lo hablé con él, y él me
decía que ellas estaban locas o , que estaban faltas de cariño... que tenía que
entenderlas, que él acompañaba esos procesos”. Más que acompañar,
provocaba situaciones incómodas, que “me confundían, me cuestionaban, creía que
era yo la que provocaba eso”, apunta otras de las religiosas en el reportaje.
"Quisiera verte desnudita"
“Tenía como palabras, como 'No, yo quisiera verte desnudita', o una cosa así, cuando
yo le decía que eso no correspondía, que me hacía mal, me decía 'Vos tenés que
desnudar tu alma, porque vos estás muy cerrada'. Siempre el problema era yo”,
sostiene otra religiosa.
Buena parte de los abusos físicos y psicológicos se
produjeron en 'La ermita',
una especie de hacienda en el campo, propiedad de la congregación, destinado a
los ejercicios espirituales. Allí, Pascual 'el Santito' llevaba a cabo sus
fechorías. “A mí me tocó ir en septiembre de 2016. A la noche me invitó a
cerrar la tranquera de la casa, estaba todo oscuro... en un momento determinado
me tomó tan fuerte de la mano que no pude soltarme. Sentí mucho miedo... sin
sospechar nada aún”, relata en el reportaje una de las religiosas. Ninguna
quiso mostrar su rostro.
“Por la noche, cuando terminó el momento de la cena
-cuenta otra- tenía todas las luces apagadas, nada más que una lucecita sobre
un mueble. Él me vino a buscar a la cocina y me puso en la mano un vasito de
Whisky. Yo le dije que no tomaba. Entonces, de la mano me llevó a sentarme a
dos sillones que tenía dispuestos frente al hogar (el fuego)...” El relato se
detiene ahí. No los abusos. “No...
nunca frenó”.
Cuando ocurrían estas situaciones, Pascual les decía
que “no pasaba nada si yo me quería desnudar delante de él y masturbarme, si le
pedía a él desnudarse y tocarse que no pasaba nada, que era muy normal. Y así
pasaron algunas cosas... siempre tratando de que tuviéramos sexo (…). Esa noche
terminé durmiendo un rato en su cama y después me tenía de la mano y así pasé
toda la noche. Y toda esa semana fue igual”.
Ni la superiora, ni el sucesor de Bergoglio
De nada sirvieron sus súplicas a la superiora. “Es un
psicópata. Fueron cinco años, y yo todavía lo estoy viviendo, cada día era una
lucha”. No había caso. “La superior me dijo que dejara que pasara lo que tenía
que pasar, que el padre era bueno. Le
dije que había intentado violarme, y me siguió diciendo que era bueno”.
“Hicimos la denuncia civil y la denuncia canónica.
Hace poco me llamaron a declarar como
si esto fuera un complot. Nos preguntaban qué ganábamos nosotras. Y yo
dije que bueno, nosotras no ganamos nada con esto de salir en los medios o de
ir a hace runa denuncia penal o, dentro de la Iglesia, porque mi vocación era
ser religiosa, y no... ser denunciante”, concluye otra de las religiosas.
“Hubo más víctimas que no fueron escuchadas por la
Iglesia”, se lamenta la monja. La investigación afirma que, incluso, el cardenal Poli, se ofreció como aval de la
prisión domiciliaria que solicitaron los abogados de Pascual. No
obstante, la Justicia rechazó la petición, y el sacerdote, hoy, está preso en
el penal de Ezeiza.
Tras la emisión del programa, el arzobispado de Buenos Aires emitió un comunicado en el que informa que las denuncias contra 'el Santito' fueron enviadas a la Congregación para la Doctrina de la Fe, que encargó un proceso canónico en Buenos Aires. Al tiempo, la diócesis puntualiza que desde el comienzo del proceso penal respondió a los requerimientos de la justicia, y reitera su compromiso de seguir trabajando “para evitar dentro de la Iglesia toda clase de abusos”. Nada dice Poli de su actuación ante la denuncia de las religiosas.
Tras la emisión del programa, el arzobispado de Buenos Aires emitió un comunicado en el que informa que las denuncias contra 'el Santito' fueron enviadas a la Congregación para la Doctrina de la Fe, que encargó un proceso canónico en Buenos Aires. Al tiempo, la diócesis puntualiza que desde el comienzo del proceso penal respondió a los requerimientos de la justicia, y reitera su compromiso de seguir trabajando “para evitar dentro de la Iglesia toda clase de abusos”. Nada dice Poli de su actuación ante la denuncia de las religiosas.
jueves, 19 de diciembre de 2019
Ver porno infantiliza el cerebro
Ver porno
infantiliza el cerebro
A largo plazo, el porno parece
provocar disfunciones eréctiles o para alcanzar el orgasmo.
Por
18/12/2019
El Huffpost
Por Rachel Anne Barr,
estudiante postdoctoral, Universidad de Laval:
Hasta donde alcanzan nuestros
conocimientos en historia, la pornografía siempre ha existido y se ha
transformado con la evolución de los medios de expresión.
En las ruinas de la ciudad romana de
Pompeya, sepultada tras la erupción del Vesubio, se encontraron cientos de
frescos y esculturas sexualmente explícitas.
Desde la aparición de Internet, el consumo pornográfico se ha disparado hasta
niveles asombrosos. Pornhub, la web de porno gratuito más grande de la red,
recibió más de 33.500 millones de visitas
solo en 2018.
Si
bien la ciencia está dando aún sus primeros pasos en la investigación de las consecuencias
neurológicas del consumo de porno, está claro que la salud mental y
la actividad sexual de su amplia audiencia están experimentando efectos sumamente
negativos, entre los que se pueden identificar la depresión y la
disfunción eréctil.
En mi propio laboratorio nos dedicamos
a estudiar las conexiones neuronales que subyacen bajo los procesos
memorísticos y de aprendizaje. Las características de los vídeos pornográficos
disparan la plasticidad, que es la capacidad del cerebro para cambiar y
adaptarse tras una experiencia determinada. Esta, combinada con la accesibilidad
y el anonimato proporcionado por el consumo de porno online, nos
convierte en sujetos extremadamente vulnerables a sus efectos
hiperestimulantes.
Secuelas del consumo de porno
A largo plazo, el porno parece provocar
disfunciones sexuales, especialmente en forma de incapacidad para
conseguir erecciones o para alcanzar el orgasmo al mantener relaciones con otra
persona. De la misma manera, el grado de
satisfacción con la relación y el compromiso con la
pareja también pueden verse afectados.
Con el fin de tratar de dar explicación
a estos efectos, algunos científicos han establecido paralelismos entre el consumo de pornografía
y el abuso de sustancias. El diseño evolutivo hace posible que el
cerebro responda a la estimulación sexual liberando dopamina, un
neurotransmisor asociado principalmente a la anticipación de recompensa que
actúa también en la programación de recuerdos e información en el cerebro. Esto
significa que cuando el cuerpo quiere, por ejemplo, comida o sexo, el cerebro
recuerda lo que debe hacer para obtener el mismo placer que en ocasiones
anteriores.
En lugar de dirigirse a su pareja para
lograr una realización o gratificación sexual, los consumidores habituales de
porno recurren a su teléfono u ordenador cuando el deseo llama a su puerta.
Además, las explosiones de placer y recompensa, cuando son antinaturales,
generan potentes niveles también antinaturales de habituación en el cerebro. El
psiquiatra Norman Doidge lo explica así:
Las escenas que se pueden ver en el
porno, como ocurre con las sustancias adictivas, son desencadenantes
hiperestimulantes que producen una secreción antinatural
de altos niveles de dopamina, lo cual puede deteriorar el sistema de
recompensa de la dopamina e inutilizarlo de cara a fuentes de placer naturales.
Este es el motivo por el cual los consumidores de pornografía experimentan
dificultades para excitarse en compañía de su pareja.
Más
allá de disfunciones
La desensibilización de nuestro
circuito de recompensa sienta las bases para el desarrollo de disfunciones
sexuales, pero las repercusiones van más allá. Los estudios elaborados
demuestran que las alteraciones en la
transmisión de dopamina pueden facilitar la depresión y la ansiedad.
Los resultados obtenidos indican que los consumidores de
pornografía manifiestan más síntomas depresivos, una menor calidad de vida y
una salud mental más pobre que aquellos que no ven porno.
Otro de los hallazgos concluyentes del
estudio es la necesidad de un consumo cada vez mayor en los usuarios
compulsivos, incluso aunque no disfruten de lo que ven. Esta desconexión entre
lo que desean y lo que les gusta es una de las características distintivas de
la desregulación del circuito de recompensa.
Siguiendo una línea de investigación
similar, expertos del Instituto Max Planck de Berlín descubrieron que al elevar
el consumo de porno en un sujeto la activación
cerebral era menos intensa al exponerlo a imágenes pornográficas convencionales,
lo cual explica por qué los usuarios tienden a explorar gradualmente tipos de
pornografía cada vez más alejados de lo habitual.
Los datos recabados por Pornhub revelan
que el sexo convencional cada vez interesa
menos a los consumidores, que lo sustituyen por temáticas como el
incesto o la violencia.
La perpetuación de la violencia sexual
es especialmente preocupante, ya que podría influir
directamente en las estadísticas de episodios violentos en la vida
real. Algunos científicos atribuyen esta relación a la actividad de las neuronas
espejo, cuyo nombre no podría ser más acertado: se trata de unas células
cerebrales que se activan cuando el individuo lleva a cabo una acción, pero
también cuando observa esa misma acción elaborada por otra persona.
Las áreas del cerebro que se activan
cuando alguien ve porno son las mismas que cuando practica sexo. Marco
Iacoboni, profesor de Psiquiatría en la Universidad de California en Los
Ángeles, conjetura con la probabilidad de que estos sistemas posean el potencial
de estimular el comportamiento violento: “El mecanismo
imitador del cerebro indica que nos vemos influenciados automáticamente por
todo aquello que percibimos, por lo que cabe la posibilidad de que exista un
mecanismo neurobiológico que contagie la conducta violenta”.
Aunque no es más que una mera
especulación, esta hipotética asociación entre el porno, las neuronas espejo y
el aumento de las cifras de violencia sexual puede hacer que se enciendan todas
las alarmas. Aunque el consumo elevado de porno no tiene por qué hacer que los
usuarios lleguen a extremos inquietantes, todo apunta a que puede modificar el
comportamiento de otras maneras.
Desarrollo moral
Se ha relacionado el consumo pornográfico
con el desgaste de la
corteza prefrontal, la parte del cerebro encargada de la función
ejecutiva, que comprende la moralidad, la fuerza de voluntad y el control de
los impulsos.
Para comprender de forma precisa el
papel de la función ejecutiva en el comportamiento, es importante saber que se
encuentra subdesarrollada durante la infancia, razón por la cual a los niños
les cuesta tanto regular sus emociones e impulsos. El daño de la corteza
prefrontal en la edad adulta, que predispone al
individuo a exhibir una conducta compulsiva y a tomar malas decisiones,
se denomina hipofrontalidad.
No deja de ser paradójico que el
entretenimiento para adultos pueda devolver a nuestras conexiones cerebrales a
una etapa temprana. Sin embargo, lo que resulta realmente irónico es que el
porno se deshaga en promesas de satisfacción y gratificación sexual pero
proporcione todo lo contrario.
Este artículo fue publicado
originalmente en The Conversation.
Lea el original.
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