Buscar este blog

martes, 23 de diciembre de 2025

 

La jueza de la DANA apunta que Mazón debió pasar en el Palau un tiempo "escasísimo"

Los pasos del expresident el día de la catástrofe siguen siendo una incógnita que marca el proceder del tribunal

P.R.

23-12-25

ElPlural



La jefa de servicios del Palau de la Generalitat no tendrá que acudir a declarar al Tribunal de Instancia número 3 de Catarroja. Así lo ha decidido la titular Nuria Ruiz Tobarra, quien ha desestimado la petición de la acusación popular, con la que se buscaba esclarecer cuanto tiempo pasó el ex president valenciano, Carlos Mazón, en la sede del Govern el pasado 29 de octubre de 2024, día en el que la DANA arrasó el territorio y se cobró 230 vidas.

La principal justificación de la magistrada para desestimar esta petición es el escaso tiempo que Mazón, contrariamente a lo que defendió en sus primeras versiones, estuvo en la sede del Govern. "Atendiendo a la secuencia temporal de dicha tarde, el tiempo que pudo pasar el president de la Generalitat en el Palau debió de ser escasísimo”, apunta la jueza. Y es que, según se van conociendo más detalles sobre la ruta seguida por el que fuera barón del Partido Popular (PP) el día de la catástrofe, más tiempo parece que pasó ajeno a sus responsabilidades.

Mazón llegó a su comida con Maribel Vilaplana en El Ventorro en torno a las 15:00 horas y no salió de allí hasta cuatro horas más tardes. La periodista pagó el resguardo del aparcamiento a las 19:47 horas y el ex president asegura que fue hasta el Palau andando y en solitario. Teniendo en cuenta que llegó al CECOPI sobre las 20:28 horas, el tiempo que pudo pasar en la sede del Govern es muy escaso. No obstante, contrariamente a lo que cree la jueza, la acusación popular considera vital esclarecer ese intervalo temporal y explicar por qué se borraron las cámaras.

El abogado de Compromís, parte de la acusación, entiende que la jefa de servicios debería testificar para detallar si las cámaras "fueron borradas respecto del contenido existente ese día" y “si dicho borrado se produjo por la superación del plazo legal o por otro tipo de mandato. “Pero sobre todo si hay alguna forma de obtener dicha información a pesar del supuesto borrado, con el objetivo de que pueda ser obtenida a través de un requerimiento con causa justificada", reclama la acusación.

Pregunta a la Abogacía y a País Vasco

La jueza de la DANA ha rechazado citar a la jefa de servicios del Palau, pero si que ha acometido otras actuaciones reclamadas por las acusaciones. En otro de los autos citados este lunes, la magistrada, en contestación a escritos presentados por las acusaciones que ejercen Acció Cultural del País Valencià (ACPV) y Compromís, ordena requerir a la Dirección General de la Abogacía General de la Generalitat Valenciana para que informe sobre "las consultas verbales o escritas que se evacuaron por altos cargos de la entonces Conselleria de Justicia e Interior, o de Medio Ambiente, o de Presidencia" con indicación de su "objeto" y de "las respuestas emitidas".

La jueza quiere saber si los responsables de la emergencia, poniendo especialmente el foco en el entonces secretario autonómico de Presidencia de la Generalitat, Cayetano García, se interesaron por "alguna valoración jurídica, intervención o dictamen en relación con las medidas a adoptar" ante la catástrofe. Además, también se dirige a otra institución del País Vasco en otra resolución.

Concretamente, acuerda solicitar, tras la petición de ACPV, a la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología (DAEM) del Gobierno vasco que presente un informe sobre las llamadas recibidas en el teléfono 112 de Euskadi por derivación del 112 Comunitat Valenciana el día del temporal, así como la conservación de las grabaciones de esas llamadas para su futura incorporación al procedimiento, previo consentimiento de las personas implicadas.

En este auto, la jueza instructora rechaza otras diligencias solicitadas por esta parte relativas a una llamada telefónica y un mensaje de Whatsapp entre el lehendakari y el entonces presidente de la Generalitat Valenciana, pues esos contactos, explica la jueza, se produjeron "fuera del momento temporal en que habían de adoptarse decisiones para salvaguardar a la población".

No hay comentarios:

Publicar un comentario