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martes, 18 de noviembre de 2025



 

Fernando López Baeza

A veces hay que explicarlo despacio, no por paternalismo, sino porque entre tanto ruido todavía hay quien no se ha enterado de qué ha dicho exactamente la jueza sobre la DANA del 29 de octubre de 2024.
Pues bien: vamos paso a paso, sin rodeos y sin adornos.

Un auto judicial no es opinión.
No es propaganda, no es “versión”, no es relato de partido.
Es el documento donde una jueza fija hechos, delimita responsabilidades y marca por dónde va la investigación penal.
Y el auto de la jueza de Catarroja es cristalino.

1. Quien debía avisar a la población era la Generalitat Valenciana.

Solo ella.
Exclusivamente ella.
Lo dice la Ley de Protección Civil: el mando único para alertar en emergencias es autonómico.
No es cosa de Madrid, ni de la Confederación Hidrográfica, ni de AEMET.

En términos prácticos:
la Generalitat tenía el botón de la alarma en la mano.

2. La información para activar esa alarma llegó horas antes.

La jueza enumera todas las fuentes, una por una:

AEMET avisando desde días antes.
– El 112 recibiendo miles de llamadas.
– El SAIH de la CHJ mostrando los caudales subir en tiempo real.
– À Punt emitiendo imágenes de barrancos desbordados desde primera hora de la tarde.
– Vecinos grabando vídeos del agua entrando en calles y casas.

Conclusión textual de la jueza:
“La información había sobrada, y por innumerables medios, en tiempo real.”

3. La alarma se dio tarde y mal.

El famoso ES-Alert llegó a las 20:11.
A esa hora ya había fallecidos.

La jueza lo califica como:
“tardío y erróneo”.

¿Por qué erróneo?
Porque decía “eviten desplazamientos”, cuando lo urgente era ordenar:
“Suban a zonas altas. Ahora mismo.”

4. El Cecopi reaccionó con retraso.

Según el auto:

Se convocó tarde.
– Estuvo un tramo “inactivo, en reflexión”.
– Y mientras reflexionaba, el agua entraba en viviendas, garajes y calles.

En palabras de la calle:
mientras el Cecopi dudaba, la riada no dudó.

5. No hacía falta nivel 3 ni esperar al Gobierno central.

La jueza desmonta esta excusa de forma explícita:

No era necesario solicitar la declaración de emergencia nacional para alertar a la población.”

Traducido:
la Generalitat podía haber avisado a cualquier hora, sin pedir permiso a nadie.

6. AEMET y la CHJ quedan exoneradas.

El auto dice que:

no hubo ocultación de datos,
– no hubo fallos técnicos,
– y la Generalitat tenía acceso a toda la información.

Por eso la jueza rechaza imputar al presidente de la CHJ y a técnicos del Estado.
No fallaron ellos.

7. ¿Qué investiga entonces la jueza?

Investiga si el retraso en avisar —teniendo información suficiente— constituye imprudencia grave con resultado de muerte.

Por eso ya hay dos altos cargos autonómicos imputados.

Hace falta decirlo así de claro:

La jueza afirma que la Generalitat era la responsable de avisar.
– La información les llegó de sobra.
– Durante horas.
– No avisaron a tiempo.
– Y como consecuencia murieron personas que podrían haberse salvado si hubieran recibido una orden clara.

Eso dice el auto.
Eso es lo que está en el documento.
Eso es lo que se investiga penalmente.

Lo demás, es ruido.


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