Fernando López Baeza
A
veces hay que explicarlo despacio, no por paternalismo, sino porque
entre tanto ruido todavía hay quien no se ha enterado de qué ha
dicho exactamente la jueza sobre la DANA del 29 de octubre de
2024.
Pues bien: vamos paso a paso, sin rodeos y sin adornos.
Un
auto judicial no es opinión.
No es propaganda, no es “versión”,
no es relato de partido.
Es el documento donde una jueza fija
hechos, delimita responsabilidades y marca por dónde va la
investigación penal.
Y el auto de la jueza de Catarroja es
cristalino.
1. Quien debía avisar a la población era la Generalitat Valenciana.
Solo
ella.
Exclusivamente ella.
Lo dice la Ley de Protección
Civil: el mando único para alertar en emergencias es autonómico.
No
es cosa de Madrid, ni de la Confederación Hidrográfica, ni de
AEMET.
En
términos prácticos:
la Generalitat tenía el botón de la
alarma en la mano.
2. La información para activar esa alarma llegó horas antes.
La jueza enumera todas las fuentes, una por una:
–
AEMET
avisando desde días antes.
– El 112 recibiendo miles de
llamadas.
– El SAIH de la CHJ mostrando los caudales subir en
tiempo real.
– À Punt emitiendo imágenes de barrancos
desbordados desde primera hora de la tarde.
– Vecinos grabando
vídeos del agua entrando en calles y casas.
Conclusión
textual de la jueza:
“La información había sobrada, y por
innumerables medios, en tiempo real.”
3. La alarma se dio tarde y mal.
El
famoso ES-Alert llegó a las 20:11.
A esa hora ya había
fallecidos.
La
jueza lo califica como:
“tardío y erróneo”.
¿Por
qué erróneo?
Porque decía “eviten desplazamientos”,
cuando lo urgente era ordenar:
“Suban a zonas altas. Ahora
mismo.”
4. El Cecopi reaccionó con retraso.
Según el auto:
–
Se
convocó tarde.
– Estuvo un tramo “inactivo, en
reflexión”.
– Y mientras reflexionaba, el agua entraba en
viviendas, garajes y calles.
En
palabras de la calle:
mientras el Cecopi dudaba, la riada no
dudó.
5. No hacía falta nivel 3 ni esperar al Gobierno central.
La jueza desmonta esta excusa de forma explícita:
“No era necesario solicitar la declaración de emergencia nacional para alertar a la población.”
Traducido:
la
Generalitat podía haber avisado a cualquier hora, sin pedir permiso
a nadie.
6. AEMET y la CHJ quedan exoneradas.
El auto dice que:
–
no
hubo ocultación de datos,
– no hubo fallos técnicos,
–
y la Generalitat tenía acceso a toda la información.
Por
eso la jueza rechaza imputar al presidente de la CHJ y a técnicos
del Estado.
No fallaron ellos.
7. ¿Qué investiga entonces la jueza?
Investiga si el retraso en avisar —teniendo información suficiente— constituye imprudencia grave con resultado de muerte.
Por eso ya hay dos altos cargos autonómicos imputados.
Hace falta decirlo así de claro:
–
La
jueza afirma que la Generalitat era la responsable de avisar.
–
La información les llegó de sobra.
– Durante horas.
–
No avisaron a tiempo.
– Y como consecuencia murieron personas
que podrían haberse salvado si hubieran recibido una orden clara.
Eso
dice el auto.
Eso es lo que está en el documento.
Eso es
lo que se investiga penalmente.
Lo demás, es ruido.
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