El 'caso Gürtel' contamina a otro juez
Juan Pablo González recusado por sus
propios compañeros de la Audiencia Nacional
Dom, 6 Mayo
2018
El pasado viernes 27 de abril, aún
bajo lo efectos del Caso
Cifuentes y con un prometedor puente festivo por
delante, el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional decidió
apartar al juez ultra conservador Juan Pablo
González, adscrito a la Sección 2ª, para formar parte y ser
además ponente de la salas que deberán juzgar 4 de las Piezas Separadas del Caso Gürtel:
3. PS AENA
4. PS Jerez
La decisión adoptada, unidas a las
recusaciones que en su momento acordaron esta misma Sala de lo Penal sobre los
jueces Espejel y
López, ambos recusados, merece ser valorada con sosiego y en
perspectiva, más allá de
las informaciones puntuales que ese 27 de abril conocimos a través de los
medios de comunicación.
Y es que, mire por donde se mire,
siendo ya relevante que una mayoría de jueces de la Audiencia Nacional decidan
apartar a “uno de los suyos”, lo es más aún si consideramos que estas 3
recusaciones ( González & Espejel & López ) tienen su origen a
iniciativa exclusiva de varias acusaciones populares personadas en el Caso
Gürtel. Acusaciones que además una buena parte de la judicatura no siempre
ven con buenos ojos.
Dicho de otro modo, que de no haber
presentado estas acusaciones populares en tiempo y forma “los
incidentes de recusación” sobre estos 3 jueces es seguro que, por ejemplo,
la PS Primera
Época 1999-2005, pendiente hoy de sentencia, hubiera sido
juzgada por un tribunal formado por dos jueces Concepción
Espejel (Presidente), Enrique López
(Ponente) que según la mayoría de sus compañeros concluyeron respecto a la
primera que “la percepción de posible parcialidad de los Magistrados
beneficiados en su trayectoria profesional por la designación para un cargo por
una propuesta ligada a la proyección en el Poder Judicial de las cuotas de
Poder político existentes en las Cortes , no se aprecia in abstracto como
infundada , y, en el caso, tal difuso riesgo se objetiva si
además de ello se constata que , en el PROCEDIMIENTO CONCRETO , objeto de
enjuiciamiento, es PARTE el Partido que sustentó con su mayoría la propuesta a
tales cargos de uno de los miembros de dicho Tribunal ( o dos de tres, como en
el caso) , e igualmente se constata que una de las personas que participó
activamente en la votación para la Propuesta al cargo de Vocal es uno de los
acusados , y que entre el nombramiento como Vocal del Consejo General del Poder
Judicial y la posterior propuesta como presidente de la Sección Segunda de la
Sala Penal de la Audiencia Nacional no existió solución de continuidad , por lo
que ha de considerarse que las dudas que todo ello puede generar en un
ciudadano medio son objetivamente legítimas”.
Sobre el segundo, Enrique López,
también consideraron “que de los hecho probados en el incidente permiten
afirmar que la apariencia de imparcialidad del magistrado recusado para juzgar
el proceso principal, en el que se ha abierto el juicio oral contra el Partido
Popular, la Sra. Mato Adrover, el Sr. López Viejo y el Sr. Clemente Aguado, no
supera el estándar objetivo, lo que razonablemente sustenta la percepción de
sospecha manifestada por las acusaciones, por lo que debe admitirse la
recusación y apartarlo definitivamente del conocimiento de la causa principal
(artículo 228.2 Ley orgánica del Poder judicial) .
Es por tanto, más que probable que
estos dos magistrados, de no haber sido recusados, hubieran formado en ese
tribunal una solida mayoría frente al tercero de sus miembros, Julio De
Diego. Las consecuencias, como es natural, se hubieran reflejado en
sus decisiones entre las que hubiera estado denegar que Mariano Rajoy declarara
como testigo. Sobre lo que hubiera sido la sentencia, dada la
falta de apariencia de imparcialidad de los hoy felizmente recusados, dejamos
en manos de nuestros lectores que saquen sus propias conclusiones.
Pero volvamos al caso reciente del
juez Juan Pablo
González. De entrada, no está de más recordar que la decisión de
una mayoría de sus compañeros de apartarle de las 4 Piezas Separadas antes
citadas viene precedida de los escritos de recusación presentados por 4
acusaciones populares que al igual que las que formalizaron contra Espejel y
López, contaron con el inestimable apoyo de la Fiscalía Anticorrupción.
Pero además no está de más recordar
que tras su recusación, los recusados siguieron en la Audiencia Nacional. En el
caso de Concepción Espejel fue “ascendida” pasando a presidir la
Sala de lo Penal mientras que Enrique López se trasladó a una “Sala
de Apelaciones” que en honor a la verdad tampoco se caracteriza- dicen- por
tener un ritmo trepidante. A ambos, alguna acusación popular tuvo que
recordarles que debían abstenerse de formar parte de la Sala que votaría
finalmente las recusaciones contra su compañero Juan Pablo González.
Y si estos antecedentes fueran poca
cosa tampoco sobra recordar que con Espejel de
Presidenta de la Sala de lo Penal se modificaron
las normas de funcionamiento, composición de las Secciones y asignación de
Ponencias para el año 2018 que dieron lugar, entre otras cosas,
a que el hoy recusado Juan Pablo González fuera designado como Vocal y
Ponente de los tribunales que deben juzgar esas 4 PS y que han sido motivo
final de su recusación. Para los más curiosos apuntarles que los citados
acuerdos han sido recurridos ante la Sala III del Tribunal Supremo.
Vamos finalizando recordando que en
las próximas semanas la Audiencia Nacional volverá a ser noticia
cuando se haga pública la sentencia sobre los 38 procesados por la Primera
Época y que, al parecer, todo apunta a que serán condenados, incluido el PP
y Ana Mato, ambos a titulo lucrativo. En los próximos meses también
conoceremos que otro juez de la Audiencia Nacional, Vázquez Honrubia
deberá firmar la sentencia sobre 19 acusados por la financiación
irregular del PPCV,
entre los que se encuentran su plana mayor , excepción hecha de Francisco
Camps que a cambio si está siendo investigado en otras 3 causas abiertas en los
juzgados de la Comunidad Valenciana.
Y por si
esto fuera poco, los Casos Púnica
y Lezo que
se investigan en el Juzgado Central de Instrucción nº 6 continúan
provocando ajustes de cuentas, caos y desconcierto entre los diferentes clanes
genoveses, en particular los de la Comunidad de Madrid. Todo un calvario
judicial. Seguiremos informando.
Mucha más
información y personajes en Los Genoveses
No hay comentarios:
Publicar un comentario