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martes, 25 de noviembre de 2025

 



Donald Trump ha vuelto a usar su cargo para ajustar cuentas personales. Esta vez, contra Jimmy Kimmel. El presidente llamó “cerdito” al cómico y pidió a ABC que lo despidiera.

No es una anécdota. Es un síntoma de algo mucho más grave.

2️⃣

Cuando un presidente exige el despido de un humorista, lo que está en juego no es un programa de late night. Es la libertad de señalar al poder sin miedo a represalias.

Y en EEUU, esa frontera se está borrando demasiado rápido.

3️⃣

Trump no soporta el humor porque el humor le muestra como es: un líder autoritario, obsesionado con la lealtad y alérgico a la crítica. La sátira es su talón de Aquiles.

Por eso la persigue. Por eso intenta callarla.

4️⃣

Recordemos que en septiembre de 2025, ABC retiró temporalmente el programa de Kimmel tras un monólogo que incomodó a la ultraderecha. No lo llamaron censura. Lo llamaron “pausa”.

El eufemismo es la herramienta favorita del poder.

5️⃣

Disney justificó la retirada diciendo que no querían “agravar la tensión”. Mientras tanto, Trump celebraba la expulsión y pedía que fuese definitiva.

La presión política funcionó… durante días. Y eso es lo peligroso.

6️⃣

¿Quién paró los pies al presidente? Más de 400 figuras de Hollywood, un boicot ciudadano y una movilización masiva que dejó claro que los derechos no se negocian con corporaciones nerviosas.

La cultura se defendió a sí misma.

7️⃣

Por eso este nuevo ataque desde Truth Social no es solo un tuit rabioso. Es un recordatorio de que el autoritarismo avanza cuando se normaliza la intimidación política.

Hoy es un cómico. Mañana, cualquiera que incomode.

8️⃣

Kimmel respondió con una frase que ya es un acto político en sí misma: “Yo me iré cuando tú te vayas”.

Es más que ironía. Es un límite. Una línea roja trazada en directo, en horario de máxima tensión.

9️⃣

Cuando el humor necesita permiso, la democracia ya está en riesgo. Cuando un presidente se cree dueño de las parrillas televisivas, de los medios y de la cultura, el peligro ya está dentro de casa.

No miremos hacia otro lado.

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Feijoo en lugar de boca tiene un esfínter anal externo. Hediondoapestosopestilentemalolientenauseabundo...

 


Fascismo franquista nauseabundo.

 



Javier Díaz Colmenar

Chorizo y delincuente habitual, contra la propiedad, de los que no te dejan elejir “…

Una maniobra demasiado familiar para tratarla como casualidad.

EL MISMO PATRÓN QUE YA VIMOS.

Hay cosas que no necesitan lupa, solo memoria.

Cuando un caso nuevo huele exactamente igual que uno viejo, lo honesto es admitir que no estamos ante coincidencias, sino ante un método.

Lo que hoy rodea a Isabel Díaz Ayuso y a su pareja recuerda demasiado al viejo episodio del ático de Ignacio González.

Y no porque el periodismo quiera ver sombras donde no las hay, sino porque el relato coincide paso a paso.

El modus operandi se repite con una precisión casi técnica:

(1) Residir en una vivienda que figura a nombre de un testaferro.

(2) Justificar el disfrute con un alquiler sorprendentemente bajo.

(3) Comprar después el inmueble por un precio rebajado respecto al mercado real.

Las similitudes son tan claras que incomoda ver cómo se normalizan estas operaciones en figuras públicas que administran miles de millones del dinero de todas y todos.

Ayuso vive junto a su pareja, Alberto González Amador, en un ático que pertenecía a Babia Capital, la empresa del asesor fiscal del propio González Amador.

Ese asesor está imputado en la misma causa que ha llevado al novio de la presidenta a los juzgados.

Y aun así, la casa se presentó como un simple alquiler. Un alquiler que, como en el caso de González, olía más a ficción inmobiliaria que a mercado real.

Porque la pareja ha acabado comprando ese ático por 600.000 euros, cuando los portales inmobiliarios sitúan inmuebles equivalentes por encima del millón.

La rebaja no es solo llamativa. Es estructural. Es parte del método.

Y sobre todo, es la misma estructura que vimos antes.

EL PRECEDENTE GONZÁLEZ: UN DÚPLEX, UN TESTAFERRO Y UN MERCADO QUE NO EXISTE.

Ignacio González, expresidente madrileño, se hizo en 2012 con un dúplex de lujo en Estepona por 770.000 euros, muy por debajo del valor real de la urbanización Alhambra Golf.

Antes de comprarlo, llevaba años disfrutándolo por un alquiler de 2.000 euros al mes, cuando viviendas idénticas en ese residencial se pagaban a 6.000. Y tampoco entonces el salario del político justificaba tales privilegios vacacionales.

La vivienda era monumental: 496 metros cuadrados, de los cuales 257 útiles y el resto repartidos entre terrazas y solárium.

El propietario oficial era Coast Investors, del testaferro Rudy Valner.

Es decir, otra vez un entramado interpuesto para que el nombre del político no apareciera al principio, pero sí al final.

Lo más inquietante del caso no fueron solo los privilegios inmobiliarios, sino la reacción del Estado cuando alguien intentó investigarlos.

Hacienda no tenía registro de los pagos del alquiler. Ni por parte de González, ni por parte de Coast Investors.

El contrato firmado por la mujer del expresidente establecía 6.000 euros cada tres meses, pero entre 2008 y 2011 dejaron de pagar más de 200.000 euros. Y del año 2012 directamente no hay facturas.

El policía que intentó aclarar este desorden fue expedientado.

El ministro del Interior de entonces, Jorge Fernández Díaz, calificó de “ilegal” su trabajo.

El comisario terminó trasladado de Marbella a Madrid.

El mensaje quedó claro: se investiga hasta que a alguien deja de interesarle que se investigue.

El caso terminó archivado. Pero no sin antes mostrar la estructura de un mecanismo que hoy vuelve a activarse alrededor de la presidenta madrileña.

UN PARALELISMO QUE NO ADMITE INOCENCIA

El patrón no es ideológico, es operativo. Las y los ciudadanos pueden votar a quien quieran.

Lo que no pueden es aceptar que quienes ostentan el poder funcionen con reglas paralelas, con alquilares irreales, intermediarios sospechosos y compras a precio de saldo.

Lo que ocurre con el ático de Ayuso no exige imaginación. Exige memoria histórica reciente. Porque el guion que siguió González ya lo conocemos:

-Testaferro.

-Alquiler ficticio.

-Compra con descuento.

-Archivos oportunos.

Y un aparato político-mediático dispuesto a presentar lo evidente como persecución.

Las y los jueces que investigan lo saben. Las enfermeras y enfermeros que se dejan la piel en la pública lo saben. Las y los profesores que pagan alquileres imposibles también lo saben: el mercado inmobiliario nunca regala un 40 por ciento de descuento sin una razón que nada tiene que ver con el mercado.

Recordar el caso González no es nostalgia periodística.

Es una advertencia empírica. Cada vez que se normaliza un privilegio inmobiliario opaco, se erosiona un poco más la confianza en las instituciones que supuestamente representan a todas y todos.

Y cada vez que se archiva una investigación pese a sus evidencias, se envía un mensaje devastador: hay quien puede vivir fuera de precio, fuera de control y fuera de escrutinio.

Y ahora la pregunta vuelve a ser misma, puede repetirse el mismo método antes de que dejemos de llamarlo coincidencia y empecemos a llamarlo lo que es.”

Por Xan Pereira para Spanish Revolution de 24 de noviembre de 2025.


 


 


 



 


D. Manuel Camarero
Cuando oigáis a la gente de derecha y extrema derecha decir que en la guerra civil los rojos también mataban,diles que nunca hemos visto a un fascista buscando a sus familiares en alguna cuneta como si hicieron con los rojos....

 


 


 

Nando Worldcitizen

#GentedeBien Fernando Ramírez de Haro vendió al empresario Juan Miguel Villar Mir una obra valorada en cinco millones de euros que pertenecía a la familia con la promesa de devolver a sus hermanos la parte que les correspondía, pero nunca les abonó ese dinero.

Sumando las costas procesales y los intereses, Ramírez de Haro podría tener que pagar a su hermano Íñigo casi un millón de euros.

https://www.lasexta.com/.../marido-esperanza-aguirre...




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El Gobierno propone a Teresa Peramato como nueva fiscal general del Estado

lunes, 24 de noviembre de 2025

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Las rapadas

Les raparon la dignidad junto al cabello, como si el alma se cortara al ras de la piel.

Les dejaron la cabeza desnuda para que el escarnio hiciera su nido en la vergüenza.

Las pasearon por las plazas donde antes habían reído, convertidas en espectáculo del miedo.

Los mismos que las conocían fingieron no verlas, y los niños aprendieron que reír del dolor era obedecer.

El aire olía a castigo y a oraciones falsas.

Las sotanas callaban o bendecían el ultraje con el agua de las fuentes públicas.

Las mujeres, las libres, las que habían amado sin permiso, fueron marcadas con la infamia del silencio.

Nadie escribió sus nombres en los bandos ni en los libros de historia.

Se los llevaron el viento y las risas sucias de los verdugos.

Pero bajo el cuero cabelludo sangrante seguía latiendo la dignidad.

Porque no se puede humillar a quien ya ha elegido la verdad.

Caminaban descalzas, con la piel temblando y el orgullo intacto.

Cada paso sobre el polvo era una semilla de memoria.

Algunas se abrazaron para no caer, otras alzaron la vista al cielo, desafiando a los cobardes.

No podrán matarnos del todo”, decían sin decirlo.

En sus ojos, la resistencia brillaba como una brasa que nadie podía apagar.

Cuando el pueblo se cansó de mirar, ellas siguieron existiendo en las sombras.

Peinaron el silencio con dedos temblorosos y esperaron años para contarlo.

Nadie pidió perdón. Nadie devolvió el cabello ni el honor.

Pero las cicatrices crecieron en raíces, en nietas que hoy las nombran.

Y cada mechón perdido se convirtió en bandera invisible contra la barbarie.

Porque rapar no es purificar: es condenarse a no olvidar.

Y ellas, las humilladas, son hoy la voz que vuelve del pasado para exigir respeto, justicia y memoria.

(Nicanor García Ordiz)


Instrumentales Románticos de Italia y Francia | 2H de Hermosa Música con...

SILVIA INTXAURRONDO DESTAPA REUNIÓN SECRETA JUECES TRIBUNAL SUPREMO COND...

 


Además de las crímenes está en pecado mortal (demasiados pecados) porque vive en concubinato, amancebada con un individuo sin estar casada. Ya no valen los golpes de pecho ni la misa dominical, debe confesarse con un cura pero procurando que no sea pederasta, (sabe que es un poco difícil encontrar uno) porque violaría a los hijos de su amante, sobre todo si son pequeños.

Alrededor del mundo en música | 2 horas de viajes instrumentales: México...

 


Spanish Guitar & Accordion music – Best Flamenco Fusion for Relaxation &...

IGNACIO ESCOLAR SUELTA BOMBA Y DESTAPA JUECES PP "SÁNCHEZ ANUNCIA RECURS...

 


Del "Charnego" al Rey en Yate: El REPASO Histórico de Rufián (Recopilación)

La mejor intervención de Gabriel Rufián (COMPLETA)

 


 


 

Última Hora | Dimite el fiscal general tras la condena del Supremo

Álvaro García Ortiz deja el cargo. Lo hace apenas unos días después de que el Tribunal Supremo lo condenara a dos años de inhabilitación, una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros a la pareja de Isabel Díaz Ayuso. El delito: la filtración del correo en el que el abogado del empresario ofrecía reconocer un fraude fiscal de 350.000 euros cometido en 2024.

En su carta al ministro de Justicia asegura que dimite como “acto debido” a la institución y a la ciudadanía. Defiende que ha trabajado con “vocación de servicio público” y “lealtad institucional” y que su trayectoria está marcada por ese compromiso. Dice sentir “profundo respeto” por las decisiones judiciales, aunque el fallo del alto tribunal haya llegado con una Sala dividida: dos magistradas progresistas reclamaron la absolución y preparan voto particular.

La sentencia aún no está redactada. Se conoce solo el fallo, no los argumentos. Pero sus efectos son inmediatos. La salida del fiscal general abre un vacío en la cúspide del Ministerio Público justo cuando el Gobierno había iniciado el proceso para nombrar sustituto. Hasta entonces, asume el mando María Ángeles Sánchez Conde, la número dos de la Fiscalía y una de las voces que más firmemente defendió la inocencia de García Ortiz.

El futuro del ya exfiscal general no es claro. La condena por delito doloso puede implicar su expulsión de la carrera, según el Reglamento interno. En la causa, García Ortiz negó haber filtrado el correo del abogado de Alberto González Amador y explicó que su actuación aquel 13 de marzo de 2024 buscaba frenar los bulos que difundían algunos medios y el jefe de gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez. Declaró que la intención era proteger la “actuación impecable” de las y los fiscales.

La ejecución de la condena quedará en pausa hasta que el Supremo notifique la sentencia completa. Después, podrá intentar un incidente de nulidad y acudir al Constitucional. Su margen de éxito es mínimo.

La Fiscalía queda tocada. La política, en carne viva. Y la sombra de Ayuso vuelve a ocupar el centro de la tormenta.




 


 


 


 




 

El terrorista útil

Washington ha declarado terrorista a Nicolás Maduro y a altos cargos de su Gobierno justo cuando despliega en el Caribe el 20% de su poder naval, incluido el portaaviones Gerald Ford y 15.000 soldados. La designación del Cartel de los Soles como organización terrorista no responde a nuevas pruebas, sino a la necesidad de dar cobertura legal a la “nueva fase” militar que Trump y su equipo llevan semanas anunciando.

EE.UU. sostiene que lucha contra el narcotráfico, pero sus acciones dicen otra cosa: 83 personas muertas en bombardeos a presuntas narcolanchas, operaciones encubiertas autorizadas a la CIA y aerolíneas desviando vuelos ante la recomendación de la FAA por riesgo de escalada. Según Reuters, la siguiente fase incluiría misiones en tierra y podría tener como objetivo forzar la caída de Maduro.

El Cartel de los Soles, descrito por analistas como una red difusa y sin jerarquía, sirve como coartada perfecta. Al declararlo terrorista, Washington abre un marco que convierte cualquier intervención en “acción preventiva”.

Y cuando una potencia decide quién es terrorista, también decide qué guerras son aceptables.

La etiqueta no describe la realidad.

La prepara.

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Artículo completo:

Terrorismo a conveniencia: Washington convierte a Maduro en el enemigo perfecto para justificar su guerra en el Caribe

https://spanishrevolution.net/terrorismo-a-conveniencia...


 


 

Cuando el juez Marchena salvó a un magistrado y a un exministro del PP por revelar información de un particular

La Sala Segunda del Supremo condenó esta semana con la inhabilitación y una multa de 7.200 euros al fiscal general por un caso similar

N.C.

24-11-25

ElPlural




El Tribunal Supremo falló contra el fiscal general del Estado, a quien condenan con dos años de inhabilitación y una multa de 7.200 euros por la revelación de datos de un “ciudadano” particular, como era en este caso Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso. Mala suerte tuvo Álvaro García Ortiz de no haber afrontado esta acusación hace unos cuantos años, cuando el Alto Tribunal ni siquiera estimó oportuno la apertura de una investigación inicial por una querella de revelación de secretos prácticamente calcada a esta contra el entonces ministro de Defensa, Pedro Morenés (PP). Tampoco un par de años después, cuando el juez Manuel Marchena – como ponente – dio la razón a un magistrado en el recurso interpuesto tras ser condenado por revelación de información de un particular.

Por contextualizar, en el primero de los supuestos, corría el año 2014. El Partido Popular de Mariano Rajoy galopaba a tientas hacia el final de su primera legislatura, con un Manuel Marchena recién aterrizado a la presidencia del Tribunal Supremo – que soltaría prácticamente una década después -. En ese caldo de cultivo político, un militar se querelló contra el entonces ministro de Defensa, el popular Pedro Morenés, por la publicación de una nota de prensa en la que revelaba datos personales del afectado para desacreditarle. Algo sumamente familiar si se extrapola a la actualidad.

Antonio del Moral fue el ponente de un auto firmado también por el propio Manuel Marchena, así como por Cándido Conde-Pumpido – hoy presidente del Tribunal Constitucional -, Joaquín Giménez y Alberto Jorge Barreiro. La resolución desestimó la querella impuesta por el militar contra el entonces titular de Defensa, basando su argumentación sobre la idea de que los datos ya habían sido revelados por el denunciante. En consecuencia, a juicio de los magistrados, no se desveló ningún secreto con la citada comunicación, añadiendo en el escrito que una nota de prensa que consignaba datos objetivos que ya saltaron a los medios de comunicación “no comportaba la violación de ningún deber de reserva”. El querellante en cuestión había difundido los datos previamente, por lo que no se desvelaba “ningún secreto”, a ojos del tribunal.

El Alto Tribunal concluyó en el auto que el “secreto de las actuaciones penales y libertad de información y derecho de la sociedad a estar informada son compatibles”. Un argumento que una década después, a pesar de que era uno de los pilares de la defensa de García Ortiz, no ha valido ya no para no investigar al fiscal, sino tan siquiera para absolverlo.

Otro precedente

Dos años después, la misma Sala revocó una condena impuesta al juez cántabro Luis Acayro Sánchez Lázaro, sentenciado a un año y tres meses de prisión y tres años de inhabilitación absoluta por un delito de revelación de secretos. El magistrado fue condenado por remitir al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el certificado de antecedentes penales - ya cancelados - de un ciudadano que lo había denunciado ante ese mismo órgano.

El fallo del Supremo estimó el recurso de casación planteado por Acayro y lo absolvió, al entender que la actuación del juez no constituyó delito. La resolución anuló así la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, que había considerado que el acceso y utilización de esos datos personales encajaba en el tipo penal de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197.2 del Código Penal.

Los hechos se remontaban a noviembre de 2013, cuando Acayro, entonces titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Castro Urdiales, incluyó en un escrito dirigido al CGPJ una consulta realizada al Registro Central de Penados sobre la persona que le había denunciado. El documento revelaba antecedentes ya cancelados. Según el relato fáctico, el juez actuó convencido de que facilitar esa información resultaba necesario para defenderse de la denuncia y para acreditar la supuesta animadversión del denunciante.

La Sala Segunda, sin embargo, no compartió la valoración del tribunal cántabro y concluyó que no se trató de un uso injustificado de datos sensibles, sino de un supuesto de cesión de información dentro de los márgenes permitidos por la Ley Orgánica del Poder Judicial. El Supremo subrayó que fue la Letrada de la Administración de Justicia quien accedió con sus claves al Registro Central de Penados a petición del magistrado, y que el traslado posterior de esa documentación al CGPJ se produjo en un expediente disciplinario abierto por el propio órgano de gobierno de los jueces.

La sentencia - con ponencia del presidente de la Sala, Manuel Marchena - recordó que el artículo 236 de la LOPJ permite la cesión de datos para fines jurisdiccionales o no jurisdiccionales y que el CGPJ está habilitado para recibirlos cuando actúa en el ejercicio de sus funciones de inspección y control.

Por ello, el Supremo concluyó que ninguno de los intervinientes - ni el juez que solicitó el certificado, ni la letrada que accedió a la base de datos, ni el propio CGPJ - incurrió en una injerencia ilegítima en el derecho a la autodeterminación informativa protegido por el artículo 18.4 de la Constitución. La Sala destacó además la nula afectación del bien jurídico tutelado por el artículo 197.2 del Código Penal, razón por la cual declaró que los hechos carecían de relevancia penal y absolvió al magistrado. Algo que no ha ocurrido en el fallo emitido – a medias – por el Alto Tribunal contra el fiscal general del Estado.

 


 



El mismo patrón: del ático de González al ático de Ayuso

La historia se repite con una precisión que duele. Testaferros, alquileres irreales y compras por debajo del mercado. El dúplex de Ignacio González en Estepona y el ático de Ayuso comparten el mismo guion:

vivir en una vivienda a nombre de un intermediario,

pagar un alquiler que no cuadra con el mercado,

y acabar comprándola con un descuento imposible de justificar.

En el caso González, un alquiler de 2.000 euros donde otros pagaban 6.000, una compra a precio de saldo y pagos que Hacienda nunca llegó a ver.

En el caso Ayuso, su pareja compra un ático por 600.000 euros cuando su valor supera el millón. Y el propietario no es cualquiera: su asesor fiscal imputado.

No son coincidencias. Son mecanismos.

Y siempre se activan alrededor del mismo poder.

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El mismo guion, distinto reparto: el ático de Ayuso y el fantasma de Ignacio González

https://spanishrevolution.net/el-mismo-guion-distinto...


El fiscal general presenta su dimisión tras la condena del Supremo