El Supremo
admite a trámite una demanda de paternidad contra Juan Carlos I
Se ha
aceptado al tiempo la demanda presentada por Ingrid Jeanne Satiau, belga;
mientras se ha rechazado otra, del español Alberto Solá
ELPLURAL.COM/AGENCIAS | 14/01/2015
El Tribunal Supremo ha dado una sorpresa y ha admitido
a trámite una de las dos demandas presentadas contra el rey Juan Carlos. Es la
que ha presentado la ciudadana belga Ingrid Jeanne Satiau. Los doce magistrados
de la Sala de lo Civil, reunidos este miércoles, tenían ante sí ésta admitida y
otra demanda, en este caso del ciudadano español Alberto Sola Jiménez, que han
rechazado. La sorpresa viene de que el fiscal había pedido que ambas
solicitudes fueran rechazadas.
La fiscalía se oponía a ambas demandas
La fiscalía sostenía que ambas demandas debían ser desechadas porque no se acompañaban del principio de prueba necesaria que marca el artículo 767.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Un artículo en el que se establece que “no se admitirá en ningún caso la demanda sobre determinación o impugnación de la filiación si con ella no se presenta un principio de pruebas de los hechos en que se funde”.
La fiscalía sostenía que ambas demandas debían ser desechadas porque no se acompañaban del principio de prueba necesaria que marca el artículo 767.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Un artículo en el que se establece que “no se admitirá en ningún caso la demanda sobre determinación o impugnación de la filiación si con ella no se presenta un principio de pruebas de los hechos en que se funde”.
Esto quiere decir que debía presentarse documento que atestiguara que
la madre del demandante y Juan Carlos habían sostenido relaciones sentimentales
en el momento de su concepción. Los jueces, ante la vista de las pruebas han
decidido admitir una y desechar, como decimos, la otra.
El demandante rechazado se considera primogénito de
Juan Carlos I
El abogado de Solá Jiménez, Francesc Bueno, ha mostrado su rechazo a la decisión del Supremo porque había presentado en su momento su demanda, según él, acompañada de una prueba de ADN con “una fiabilidad superior al 99,9 por ciento”. Esta demanda se presentó en junio pasado ante la Audiencia Provincial de Madrid, que la remitió al Supremo.
El abogado de Solá Jiménez, Francesc Bueno, ha mostrado su rechazo a la decisión del Supremo porque había presentado en su momento su demanda, según él, acompañada de una prueba de ADN con “una fiabilidad superior al 99,9 por ciento”. Esta demanda se presentó en junio pasado ante la Audiencia Provincial de Madrid, que la remitió al Supremo.
Solá asegura que Juan Carlos I había sostenido una
relación con su madre biológica, Anna María Bach Ramon, durante su etapa como
príncipe, en 1955. El nació en 1956 y por tanto se considera el primogénito de
los hijos del rey.
La Casa Real, a través de un portavoz, se ha negado a
comentar la noticia.
El Supremo admite una demanda de paternidad contra el rey Juan Carlos
El acta notarial de “un largo encuentro sexual” con
"un hombre gentil de ojos azules", clave en la decisión de los
magistrados
Público 14-1-2015
JULIA PÉREZ
MADRID.- La situación jurídica de Juan Carlos I
se complica. Antes de verano podría tener que sentarse en el banquillo ante una demanda de paternidad interpuesta por la belga Ingrid Sartiau, que
acaba de ser admitida a trámite por el Tribunal Supremo.
Primero Juan Carlos I se tendrá que realizar una prueba de ADN. De ser positiva, afrontaría un juicio verbal de filiación excepto si existe un acuerdo preprocesal entre ambos.
En 1980, Liliane Sartiau certificó mediante notario que su hija, Ingrid, era fruto de un largo encuentro sexual que mantuvo en 1965 durante tres días en un hotel de la Costa del Sol con “un hombre gentil, guapo, dulce y con ojos azules”. Cuando el conserje le dijo que era el futuro rey de España, huyó a Bélgica y nunca más tuvo contacto con él. En agosto de 1966, nació Ingrid.
Primero Juan Carlos I se tendrá que realizar una prueba de ADN. De ser positiva, afrontaría un juicio verbal de filiación excepto si existe un acuerdo preprocesal entre ambos.
En 1980, Liliane Sartiau certificó mediante notario que su hija, Ingrid, era fruto de un largo encuentro sexual que mantuvo en 1965 durante tres días en un hotel de la Costa del Sol con “un hombre gentil, guapo, dulce y con ojos azules”. Cuando el conserje le dijo que era el futuro rey de España, huyó a Bélgica y nunca más tuvo contacto con él. En agosto de 1966, nació Ingrid.
Esta es la
prueba en la que se ha basado la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo para
admitir a trámite la demanda de paternidad interpuesta por Ingrid Sartiau,
quien creció sin conocer la identidad de su padre hasta que su madre se lo
reveló, siendo ya adulta.
En cambio,
el pleno de la Sala de lo Civil no ha admitido a trámite la demanda de Alberto
Solá, nacido en 1956 y dado en adopción a los ocho años de edad. Para el
Supremo, Solá no ha aportado una prueba suficiente para que sea admitida a
trámite su demanda, como así lo requiere la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Sóla tenía a su favor dos de tres pruebas de ADN que se había hecho con Ingrid Sartiau. Pero ella sólo aportó una al Supremo, la que sólo establece una conexión de consanguineidad del 31%. Otra prueba de contraste daba una coincidencia de un progenitor común entre ambos cercana al 90% y una tercera no aportaba coincidencia.
Por si fuera poco, Sartiau ha aportado al Supremo una carta suya dirigida a la casa real en la que sostiene que no son hermanos y que se plegó a presentar la demanda por presiones de Solá y de los medios de comunicación. Esta carta ha sido clave para que la Fiscalía pida el archivo de ambas demandas, por falta de pruebas suficientes para que prosperen.
Sóla tenía a su favor dos de tres pruebas de ADN que se había hecho con Ingrid Sartiau. Pero ella sólo aportó una al Supremo, la que sólo establece una conexión de consanguineidad del 31%. Otra prueba de contraste daba una coincidencia de un progenitor común entre ambos cercana al 90% y una tercera no aportaba coincidencia.
Por si fuera poco, Sartiau ha aportado al Supremo una carta suya dirigida a la casa real en la que sostiene que no son hermanos y que se plegó a presentar la demanda por presiones de Solá y de los medios de comunicación. Esta carta ha sido clave para que la Fiscalía pida el archivo de ambas demandas, por falta de pruebas suficientes para que prosperen.
Solá tenía una carta bajo el brazo: un exagente de inteligencia se mostraba dispuesto a revelar ante el Supremque había hecho pruebas de ADN gracias a un vaso que consiguió y que fue utilizado por Juan Carlos I en una visita a Barcelona. Si hubiera prosperado la demanda de Solá, éste hubiera sido reconocido como el primogénito de Juan Carlos I.
Uno de los últimas apariciones públicas de Juan Carlos
I, en el funeral de la duquesa de Alba, el pasado 15 de diciembre, en Madrid.
REUTERS/Alberto Martin
Ahora, la Sala redactará un auto de admisión a
trámite, cuyo ponente es el magistrado José Ramón Ferrándiz.
Después, Juan Carlos I tendrá 20 días para presentar alegaciones a la admisión a trámite de esta demanda de paternidad.
Luego, la Sala deberá decidir si admite a trámite la prueba de ADN que Sartiau solicita que se practique a Juan Carlos I en el Instituto de Toxicología.
Después, Juan Carlos I tendrá 20 días para presentar alegaciones a la admisión a trámite de esta demanda de paternidad.
Luego, la Sala deberá decidir si admite a trámite la prueba de ADN que Sartiau solicita que se practique a Juan Carlos I en el Instituto de Toxicología.
Si la prueba sale positiva, el último trámite es la celebración de un juicio verbal de filiación, donde se sentaría Juan Carlos I, previsiblemente a puerta cerrada como así ocurre en los juicios de familia dado que primaría el derecho a la intimidad.
anto Sartiau como Solá interpusieron sus demandas de paternidad en el año 2012 contra Juan Carlos I. Los dos juzgados de primera instancia donde recayeron archivaron las demandas, porque el entces rey era inviolable y porque no había un procedimiento legal establecido para tramitarlas.
Ambos recurrieron a la Audiencia de Madrid, que tenía previsto estudiar estos recursos el 9 de septiembre de 2014. Entre medias, el 2 de junio, Juan Carlos I abdicó a favor de su hijo, renuncia que se hizo efectiva el 9 de junio cuando Felipe VI fue proclamado rey.
El Gobierno del PP impulsó en el Parlamento una reforma ‘exprés’ para aforar a Juan Carlos I ante el Supremo, al igual que Sofía de Grecia, Felipe de Borbón, Letizia Ortiz y las hijas de estos últimos.
Esta reforma ‘exprés’ estableció este aforamiento ante el Supremo de forma retroactiva. Es más, establecía que aquellas demandas que existieran en ese momento –las de paternidad- fueran remitidas “inmediatamente” ante el Supremo. La Ley Orgánica 4/2014 entro en vigor el 12 de julio de 2012 y laiencia remitió estas dos demandas el 31 de julio, en aplicación de esta retroactividad.
La Sala de
lo Civil rechaza la demanda de paternidad del español Albert Solá por falta de
pruebas.
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