Condenado un
guardia civil por preguntar a una compañera si llevaba bragas
El Supremo sentencia a un brigada a
tres meses y un día de cárcel por comentarios obscenos y sexuales a una
subordinada.
26/11/2017
El HuffPost
El Tribunal Supremo
ha condenado a tres meses y un día de prisión a un brigada de la Guardia Civil
por dirigir a una subordinada expresiones obscenas y de contenido sexual, como
preguntarle si llevaba ropa interior.
El
alto tribunal ha estudiado el recurso interpuesto por el guardia civil contra
la sentencia dictada el pasado mes de abril por el Tribunal Militar Territorial
Cuarto de La Coruña y ha confirmado la pena impuesta por dos delitos de abuso
de autoridad, en su modalidad de trato degradante a inferior. "La gravedad
de la conducta del recurrente es incuestionable", dice el Supremo.
Según
el relato de hechos que recoge la sentencia del Tribunal Supremo del que ha
sido ponente Fernando Pignatelli, el brigada de la Guardia Civil José I.T.
dirigió "frases soeces y de contenido obsceno" y de una
'incuestionable pulsión sexual' entre julio y diciembre de 2012 a su
subordinada Marta V.L. Asimismo, hizo tocamientos, al menos en dos ocasiones,
"siempre contra la expresa voluntad" de la víctima y trató de quedar
con ella a solas.
ATAQUE A LA DIGNIDAD
Unas manifestaciones
que hizo en público y que para los magistrados del Supremo supone un
"ataque a su dignidad y su libertad de determinación en el ámbito
sexual" que "de modo alguno tenía que soportar" y "no esperar"
al proceder de un superior jerárquico.
El
condenado comenzó su insinuación mostrando su sorpresa por ver en su destino
una "chica tan guapa y tan mona por aquí". Continuó comentándole que
su "última novia" tenía la misma edad que la subordinada y que "un
hombre de cincuenta años era como una mujer de treinta".
En otras ocasiones
el tono de las expresiones subieron al preguntarle si llevaba
"bragas" porque la estaba mirando y "no se nota nada", o al
hacer referencia a partes de su cuerpo. "Deberías estar orgullosa de que
alguien como yo quisiera quedar contigo", le dijo también.
SITUACIÓN DE ANGUSTIA, ESTRÉS Y MALESTAR
Todo ello provocó a
la guardia civil Marta V.L. "una situación de angustia, estrés, malestar,
decaimiento y miedo con episodios de nerviosismo, abatimiento y llanto",
destacan los magistrados.
El recurrente alegó
en su recurso que no ha quedado acreditado "la realidad de los sentimiento
de humillación e indignidad en el destinatario" y que no se ha lesionado
la integridad moral de la víctima porque en los hechos declarados probados
"no hay continuidad", son 'infundados, equívocos, inconexos y
descontextualizados'.
El Supremo no
comparte estas afirmaciones y considera que el brigada ha llevado a cabo un
trato degradante y que, por tanto, se ha saltado el comportamiento que define
el Código Penal Militar.
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