Gürtel convierte al PP en el primer partido nacional condenado por
corrupción en democracia
30 años de prisión para Luis
Bárcenas y 15 para su esposa Rosalía
ElPlural
Jue, 24 Mayo
2018
La Sección II de la Audiencia
Nacional ha dictado sentencia: el Partido Popular ha sido partícipe
lucrativo en el caso de corrupción denominado Gürtel, primera etapa.
Luis Bárcenas, antiguo senador del PP y ex tesorero de la formación, ha
sido condenado a 30 años de prisión y a abonar casi 45 millones de euros en
multas, y su esposa,
Rosalía Iglesias, a 15 años de prisión.
Entre las mayores penas para el PP
figura la de Guillermo Ortega, exalcalde de Majadahonda, condenado a 33
años y la del exalcalde de Pozuelo de Alarcón, Jesús Sepúlveda, a 12
años de prisión. Su esposa, la exministra Ana Mato, tendrá que
abonar una multa de casi
28.000 euros como partícipe lucrativo.
Por parte de las empresas de la
trama, Francisco Correa y Pablo Crespo suman cada uno 40 años de cárcel.
Álvaro Perez El Bigotes ha resultado absuelto. Esta resolución
incorpora un voto particular del magistrado Ángel Hurtado en desacuerdo con
algunos de los puntos decididos.
La sentencia que la Sección II de la
Audiencia Nacional acaba de notificar no deja lugar a dudas. El Partido
Popular debe responder como partícipe lucrativo de modo directo y solidario
con Guillermo Ortega, José Luis Peñas, Juan José Moreno Alonso, Carmen
Rodriguez Quijano, Francisco Correa Sánchez y Pablo Crespo Sabarís en el
apartado Majadahonda por lo que deberán abonar multa de 133.628,48 euros.
Y lo mismo ocurre en el caso Pozuelo
en la campaña electoral del 25 de mayo de 2003 en este caso junto a Jesús
Sepúlveda Recio, que fue alcalde de esa localidad.
Los jueces han dictaminado también
penas de prisión para los populares Javier Nombela asesor en la
Junta de Moncloa (4 años y seis meses), Ricardo Galeote concejal de
Estepona (7 años y seis meses); Guillermo Ortega excalde de Majadahonda (33
años), Juan José Moreno Alonso concejal de la misma localidad (15 años);
José Luis Peñas Domingo ex concejal de Majadahonda ( 4 años de prisión);
Jesús Merino Delgado (exvicepresidente en la Junta de Castilla y León)
(1 año y 9 meses); Jesús Sepúlveda exsenador y exalcalde de Pozuelo (12
años de prisión); Ángel Sanchís extesorero del PP y su hijo (unos meses
de prisión); Roberto Fernández Rodríguez, exconcejal de Hacienda de
Pozuelo (9 meses); Alberto López Viejo, viceconsejero de la Comunidad de
Madrid (20 años), su asesor Pedro Rodríguez Pendás (3 años); Carlos
Clemente Aguado, viceconsejero de Hacienda en la CAM y asesor del
exministro de Justicia José María Michavila (más de 5 años) ; Teresa
Gabarra Balsells esposa de López Viejo (4 años). Ana Mato, ex ministra y
exesposa de Jesús Sepúlveda tendrá que abonar una multa de 27.857 euros como
partícipe a título lucrativo al igual que Gema Matamoros
Ivan Yañez Velasco, apoderado de
Bárcenas (unos dos años). Jacobo Gordon Lavendorf, empresario relacionado en su
día con Alejandro Agag (5 meses de prisión).
En cuanto a los acusados relacionados
con las empresas de la trama, la sentencia marca penas de prisión para
Francisco Correa que por la suma de los delitos que se le achacan suman más
de 40 años; Pablo Crespo Sabarís, con una pena similar; José Luis Izquierdo (17
años) Isabel Jordán (19 años); Alicia Mínguez ( 4 años y medio); Carmen
Rodríguez Quijano (15 años); el abogado Luis de Miguel Pérez (un total de 9
años); el también abogado, Antonio Villaverde Landa (7 años); el empresario
Alfonso García Pozuelo Asins condenado a 2 años de prisión sustituibles por
multa; Jesús Calvo Soria, empresario, (6 meses de prisión); Pablo Ignacio Gallo
Alcantara Cirado, (1 año). Álvaro Pérez El Bigotes ha resultado
absuelto.
Entre los delitos más habituales se
pueden enumerar, según los casos, los de cohecho, malversación,
prevaricación, falsedad en documentación mercantil, estafa procesal,
apropiación indebida, delitos contra Hacienda y blanqueo de capitales entre
otros.
A las penas citadas hay que añadir
diferentes cantidades en concepto de multas para buena parte de los procesados
así como inhabilitaciones para ejercer cargos públicos o en su caso para el
sufragio pasivo. Las condenas que indica la sentencia suponen la suma de las
dictadas en función de los diferentes delitos considerados por el tribunal y
son después corregidas en relación a la condena mayor de las acumuladas, como
establece la ley.
A modo de ejemplo, Luis Bárcenas
tendría por esta pieza Gürtel una condena probable de 18 años de
prisión, que después se analizará en función de otras condenas por otras
causas. En el caso de Rosalía Iglesias su condena se reduciría
previsiblemente a nueve años al ser de tres años la mayor de las condenas
que tiene acumuladas.
A través de Luis Bárcenas
Concluye así el trabajo de los
magistrados en un caso conflictivo que llevó al principio a la recusación de
algunos magistrados por su aparente afinidad hacia el PP y que se vio
salpicado por diversas entradas del partido en el Gobierno que veía peligrar su
imagen y la situación procesal de diversos dirigentes.
Advertisement
Los hechos
probados en cuanto al papel protagonista del Partido Popular son claros para la
sala: “Francisco Correa en el curso de la actividad empresarial en el campo de
la comunicación, marketing y servicios relacionados con viajes y la celebración
de eventos que desde el inicio de los años 90 del siglo pasado venía
profesionalmente desarrollando, entabló contactos de negocios con el partido
Popular a través de Luis Bárcenas Gutiérrez, gerente del partido, así como de
otras personas encargadas de diversas áreas de actividad como Jesús Sepúlveda
Recio, miembro del Comité Ejecutivo Nacional y Secretario Nacional del Área
Electoral además de Senador, así como de otros miembros del mismo partido
político”.
En esta introducción que relata la sentencia
titulada “la corporación empresarial de Francisco Correa y su conformación
como estructura organizada para apropiarse ilícitamente de fondos públicos”,
se señala que “correlativa a esta actividad económica Correa mantenía una
estrecha y continua relación personal, incluso de amistad, con altos dirigentes
del partido político, hasta el punto de dispensársele un trato de preferencia
en su sede central de la calle Génova, entrando y saliendo del edificio a
discreción sin pasar por ninguna clase de control ni escáner, incluso
accediendo libremente al parking reservado en dicha sede”.
Y he aquí otro hecho probado que
deja claro el papel fundamental del PP: “Entre el grupo Correa y el Partido
Popular se tejió pues una estructura de colaboración estable, consistente, por
una parte para la prestación de múltiples y continuos servicios relativos a
viajes, organización de eventos, congresos, etc. Dentro de la normal actividad
de dicho partido político, ya se tratara de actos electorales o de otro tipo”.
Corrupción institucional
Así se evidencia que el Partido
Popular gestó, según relata la sentencia, que “… Se creó en paralelo un
auténtico y eficaz sistema de corrupción institucional a través de mecanismos
de manipulación de la contratación pública central, autonómica y local a través
de su estrecha y continua relación con influyentes militantes de dicho partido,
aquí enjuiciados, que tenían posibilidades de influir en los procedimientos de
toma de decisión en la contratación pública de determinados entes y organismos
públicos que dirigían o controlaban directamente o a través de terceras
personas (Comunidades Autónomas, y Municipios gobernados por el PP)”.
Consideran los jueces que ello
permitió que, “bien las empresas de Correa u otras empresas terceras elegidas
por él, con el acuerdo y colaboración de aquellos cargos públicos, gozaran
de un arbitrario trato de favor y tuvieran un dominio de hecho sobre la
contratación pública llevada a cabo por las entidades públicas parasitadas”.
Por aportar algunas cifras, la sentencia deja claro que Francisco Correa
percibió por contratos públicos adjudicados en el periodo de 2000 a 2008 una
cantidad aproximada de 8.400.000 euros siendo el precio del servicio que prestó
mayor que el normal del mercado para conseguir un margen de beneficio mayor y
porque incluía como coste la comisión abonada para obtener las adjudicaciones.
Correa ingresó además 2.850.000
euros en concepto
de comisiones por su intermediación en favor de empresas no pertenecientes a su
grupo.
Afirma el tribunal: “Mediante el
inflado de precios que se cobraban de las distintas administraciones publicas
afectadas, la finalidad buscada era la obtención ilícita de importantes
beneficios económicos a costa del erario público, o bien comisiones cuando
la adjudicataria eran terceras empresas que luego se repartían entre el Grupo
Correa y las autoridades o cargos públicos electos o designados corruptos, que
recibían cantidades de dinero en metálico”. Además utilizaban, señalan “otro
tipo de servicios o regalos prestados por diferentes empresas de esa trama como
eventos, viajes, fiestas, celebraciones, etc. de las que en algunos casos se
beneficiaron también sus familiares”
Gastos electorales y Caja B
Parte de este dinero sirvió para
“directamente pagar gastos electorales o similares del PP o fueron a parar
como donaciones finalistas a la llamada “caja B” del partido, consistente
en una estructura financiera y contable paralela a la oficial, existente al
menos desde el año 1989, cuyas partidas se anotaban informalmente en ocasiones
en simples hojas manuscritas como las correspondientes al acusado Bárcenas, en
las que se hacían constar ingresos y gastos del partido o en otros casos
cantidades entregadas a personas miembros relevantes del partido” En cuanto a
estos últimos aspectos, la sentencia apenas los describe como forma de explicar
el contexto en que se producen los hechos si bien considera que quedan fuera de
su ámbito. Queda ahora pendiente un nuevo proceso denominado comúnmente papeles
de Bárcenas o Caja B del PP.
El modelo, según indican los jueces,
se aplicó en otros lugares de la geografía española: “Esta intensa relación
de negocios de Francisco Correa con el Partido Popular cesó respecto de la
organización central del partido en el año 2004, pero trasladó su actividad
a otras comunidades autónomas que seguían gobernadas por el mismo Partido
Popular, singularmente, aunque no únicamente, la Comunidad Valenciana, lo que
se produjo hasta el año 2009”.
En su apartado de hechos probados,
la sentencia considera que Francisco Correa percibió por contratos públicos
adjudicados en el periodo de 2000 a 2008 una cantidad aproximada de
8.400.000 euros.
Estos contratos generaron un
importante perjuicio a las entidades públicas, por cuanto el precio del
servicio que les fue prestado era mayor que normal del mercado por el superior
margen de beneficio de las empresas de Correa y porque incluía como coste la
comisión abonada para obtener las adjudicaciones. Correa ingresó además
2.850.000 euros en concepto de comisiones por su intermediación en favor de
empresas no pertenecientes a su grupo.
El caso Gürtel se ha visto
fragmentado en diferentes piezas separadas y en este caso la sentencia se
refiere a actividades delimitadas entre los años 1999 a 2005. Aclaran los
jueces que está referida a la estructura central de la organización liderada
por Correa y de su actividad en determinados territorios gobernados por el
partido popular en directa relación con algunos miembros de dicho partido
El marco
territorial de esta pieza abarca, por tanto, los hechos relacionados con: la
sociedad municipal turismo y actividades recreativas de Estepona SL; el
municipio de Majadahonda durante los años 2001 a 2005; la comunidad autónoma de
Castilla y León años 2002 y 2003; el municipio de Pozuelo de Alarcón, años 2003
a 2005; municipio de Madrid, en el año 2002; y la Comunidad Autónoma de Madrid
durante los años 2004 a 2008.
Enric Sopena
es Presidente Ad Meritum y fundador de ELPLURAL.COM
No hay comentarios:
Publicar un comentario