Franquismo: la hora de la Justicia
Público
17-7-16
JACINTO LARA | CARLOS SLEPOY
Jacinto
Lara es abogado de la Asociación Pro Derechos Humanos de España y Carlos Slepoy
Prada es abogado de la querella argentina contra los crímenes del franquismo.
"¿Serán
capaces los jueces españoles de cumplir con estos elementales principios que
adoptó la comunidad internacional hace ya setenta años?"
Se
cumplen ochenta años de la sublevación militar que se produjo en nuestro país
el 18 de julio de 1936 contra el Gobierno democrático de la II República.
El golpe de Estado provocó la instauración de un régimen dictatorial que
ejerció una represión feroz contra la población civil y abarcó todos los ámbitos políticos, sociales,
laborales y culturales que el régimen consideró incompatibles con los
principios nacional-católicos que lo inspiraron y que impuso mediante la
fuerza
La dictadura franquista, que contó en su plan criminal y antidemocrático con el apoyo decisivo de la Alemania nazi y la Italia fascista, se caracterizó por la violación sistemática y generalizada de los derechos humanos durante toda su existencia. Se cometieron por parte de los órganos y miembros del Estado, así como por sus organizaciones afines, multitud de crímenes cuya finalidad fue el exterminio vital y social de buena parte de la población y el sometimiento y la generación de terror en el conjunto de la ciudadanía. Exterminio, masividad, generalidad y sistematicidad constituyen conceptos clave para que delitos que sin concurrir esos elementos serían delitos ordinarios sujetos a las reglas de la prescripción y la posibilidad del perdón, sean calificados como crímenes contra la humanidad y por tanto imprescriptibles y no pasibles de amnistía ni práctica alguna que proteja a los criminales y desampare a las víctimas, como establece el derecho internacional de ineludible acatamiento
Constituye un auténtico escarnio, que debería llenar de vergüenza y oprobio a los responsables de esta situación, que después de cuarenta años de gobiernos constitucionales persistan las políticas de impunidad mantenidas por el Estado español
Los crímenes internacionales cometidos por la dictadura franquista pueden y deben ser investigados y juzgados por los únicos órganos que tienen tal misión: los tribunales de justicia, tal y como ha exigido en reiteradas ocasiones múltiples organismos que integran el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y más recientemente el Consejo de Europa. Es necesaria, igualmente, una política legislativa, y la adopción de medidas de carácter administrativo, acordes con la normativa internacional en materia de derechos humanos que reconozcan y no cercenen los derechos que asisten a las víctimas de la dictadura y a sus familiares
Desde hace varios meses un número creciente de Ayuntamientos de importantes ciudades y pueblos – Pamplona, Zaragoza, Vitoria, Tarragona, Cádiz, Miranda de Ebro, Rivas Vaciamadrid, entre otros – y cuerpos legislativos y ejecutivos de provincias como las Juntas Generales y la Diputación de Álava, en cumplimiento de la obligación que cabe a las distintas instituciones del Estado han resuelto, mediante decisiones que los enaltecen, poner fin a la política de impunidad mantenida hasta la fecha. Han acordado, por parte de la mayoría de las fuerzas políticas que los componen, interponer querellas criminales en los Juzgados territoriales correspondientes. Y prontamente comenzarán a presentarlas. Se proponen la delimitación de responsabilidades en el ámbito penal en relación con los crímenes cometidos durante la dictadura franquista y procuran que una adecuada investigación judicial revele la verdad de lo ocurrido en cada caso y en cada lugar
La participación en dichos procedimientos judiciales de víctimas, familiares, asociaciones, antropólogos, historiadores, abogados, etc. y la solicitud por parte de los Juzgados actuantes de apertura de archivos y remisión de documentos lograrán, sin duda, movilizar a vastos sectores sociales, revertir el legado ominoso de la dictadura y de la impunidad y reparar a una sociedad que, infructuosamente, se ha pretendido someter al olvido y la desmemoria
La regeneración democrática, tantas veces invocada por nuestros políticos en estos últimos meses, sólo será posible si se implementan estas medidas. El derecho a la Justicia que asiste a las víctimas de graves violaciones de derechos humanos es irrenunciable e inalienable. Como expresa Rainer Huhle en su artículo “Hacia una comprensión de los crímenes contra la humanidad a partir de (los juicios de) Nüremberg”, los principios que de ellos emanaron fueron trascendentales porque, entre otras cuestiones, atribuyeron responsabilidad penal individual a los funcionarios estatales de más alto rango de la Alemania nazi, penalizaron de manera retroactiva las violaciones graves del derecho internacional y desconocieron las órdenes de los superiores como factor exculpatorio de responsabilidad criminal
¿Serán capaces los jueces españoles de cumplir con estos elementales principios que adoptó la comunidad internacional hace ya setenta años? Como otras veces señalamos, sólo deben limitarse a aplicar la doctrina de que en su día supo hacer gala el propio Tribunal Supremo hasta que, en su infausta sentencia de 27 de febrero de 2012 resolvió dejarla de lado, condenar a las víctimas a la denegación de su derecho elemental a la justicia y sepultar el prestigio y reconocimiento que otrora había sabido conseguir
Expresamos nuestro convencimiento de que muchos si lo harán y abrirán el camino a la reconciliación de las víctimas, no con los criminales, sino con la administración de justicia de este país.
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